Enfoque Derecho entrevistó a Yonhy Lescano, Congresista de la República por Acción Popular, a propósito de la demanda de inconstitucionalidad presentada en contra de la Ley No. 30288, Ley que crea el Nuevo Régimen Laboral Juvenil.  

ED: ¿Por qué la Ley No. 30288 es inconstitucional?

YL: En primer lugar, el argumento fundamental de la demanda es la discriminación negativa y la desigualdad de la ley; en tanto la Ley 30288, también llamada Ley Laboral Juvenil o Ley “Pulpín”, crea un régimen distinto del régimen común. Todos los trabajadores que laboran en empresas privadas tienen ciertos derechos: 30 días de vacaciones, asignación familiar cuando tienen hijos, gratificaciones por fiestas patrias y por navidad, entre otros beneficios. Entonces, al dictar dicha ley, el gobierno arrebata varios de estos derechos. Por ejemplo, los jóvenes entre 18 y 24 años que comiencen a trabajar no podrán gozar de CTS, gratificaciones de fin de año o fiestas patrias, la asignación familiar, seguro de vida y, en cuanto a vacaciones, van a tener 15 días en lugar de 30.

De esta forma, se les mutila varios derechos laborales mínimos que incluso la Organización Internacional del Trabajo establece para que las personas puedan trabajar con dignidad. Por un lado, se ha creado un régimen para los jóvenes donde tienen derechos laborales incompletos, cayendo en una situación de desventaja. Por otro lado, tenemos trabajadores con un régimen laboral que les brinda derechos completos y mejores condiciones laborales. Por ende, aquí hay una discriminación, pues la ley los trata de manera desigual, dándoles a unos derechos completos, y a otros, siendo los trabajadores más jóvenes, les da derechos mutilados. Se trata de una discriminación negativa, justamente porque se pone a los jóvenes en desventaja con respecto a los demás trabajadores, y eso está prohibido en la Constitución, pues ella reconoce que todos los trabajadores deben ser tratados de la misma manera.

Asimismo, se está violando el artículo autor de la Constitución que establece que no se puede discriminar o establecer desigualdades por razones de edad, sexo y otras más. En este caso, se está dando una discriminación y un trato de manera desigual a las personas del país por razón de su edad y en materia laboral. Creo que eso es clarísimo, y con solo ese argumento, la ley tendría que caerse. Por ello, el Tribunal Constitucional y los magistrados que vean que efectivamente se da esta discriminación tendrían que dejar sin efecto la ley. Ese es el argumento esencial que tiene la demanda.

A su vez, la Constitución establece que las personas tienen derecho a una remuneración suficiente, y aquí se está tratando de pagar s/.750 a un joven, pero se le obliga, por ejemplo, a aportar a las AFP. Por lo tanto, con los demás descuentos, el joven estaría ganando s/.600, lo cual no le alcanza ni para los pasajes. Esto es aún más grave si se trata de un joven que ya tiene un familiar que mantener, o si es un joven que estudia. Evidentemente, esto no constituye una remuneración suficiente y se suma al hecho de que no se le va a pagar CTS ni gratificaciones, de manera tal que no estaría persiguiendo una remuneración suficiente como busca la Constitución. Consecuentemente, tenemos una segunda vulneración a la Constitución que el Tribunal Constitucional puede utilizar para disponer la inconstitucionalidad de esa ley.

Esos son los fundamentos en síntesis, sin entrar en mucho detalle de la teoría de la desigualdad, puesto que sería largo de explicar debido a que es algo muy abstracto. Sin embargo, en el fondo, esa es la base que sostiene esta demanda de inconstitucionalidad a efecto de que el Tribunal Constitucional deje sin efecto la ley y obligue al congreso a derogar.

ED: La ley está dirigida a jóvenes que trabajan en la informalidad o que se encuentran subempleados. ¿Considera usted que esta situación de desigualdad fundamenta una ley de este tipo?

YL: Yo creo que si uno está en condiciones, como dice el gobierno, de desigualdad e informalidad, se debe de levantar el derecho laboral, no bajarlo. Es decir, se debe de dar más derechos, no menos derechos.  En ese caso, sí podría haber una discriminación positiva permitida por la Constitución. Es decir, si hay trabajadores jóvenes que están en esa situación, habría que ayudarlos, pero no para perjudicarlos, sino para que gocen de mejores derechos y salgan de esa situación.

Si uno quiere que los jóvenes que están en dicha situación sean contratados y salgan de la informalidad, se le debe dar a las empresas algún tipo de incentivo tributario o de cualquier otra naturaleza, pero no se debe poner en desventaja al trabajador diciendo que es una situación desigual. Ahora, yo no veo una situación desigual, pues esta se da en casos de personas con discapacidad, por ejemplo. Justamente, en este caso, a la persona con discapacidad no se le debe de quitar derechos, sino aumentárselos, pues son personas en situación de vulnerabilidad al estar en una clara desventaja.

Ahora bien, tampoco se puede aceptar la idea de que se va a formalizar a los jóvenes dándoles menores derechos y arrebatándoles algunas facultades laborales que les otorga la ley. En el fondo, lo que se está haciendo es legalizar el abuso, pues se le restringe los derechos a jóvenes que ya están siendo abusados, pero legalizando su situación tal como está y otorgándoles ciertos derechos mínimos; todo con la esperanza de resolver el problema. En contraste, el rol que le corresponde al Estado debería ser el de verificar y supervisar que el trabajador sea tratado con dignidad, lo cual se alcanza con un efectivo mecanismo de control a través de la Sunafil, entidad encargada de intervenir en caso se verifique un caso de abuso por parte de una empresa hacia un joven. A lo largo de dicha intervención, se deben dar incentivos, pero no se debe maltratar al trabajador. Sin embargo, nuevamente, nosotros pensamos que ahí no hay ningún tipo de desigualdad, pues todos son trabajadores que van a hacer el mismo trabajo y por el mismo tiempo.

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ED: ¿Por qué esta demanda tiene carácter de urgente?

YL: Obviamente si nosotros dejamos pasar el tiempo y la ley se pone en práctica, como ya se ha pre-publicado el reglamento, eso implicaría que la ley va a comenzar a ejecutarse, y por ende, la gente va a comenzar a ser contratada, pero con derechos mutilados. Evidentemente, nosotros no queremos eso porque buscamos que se les trate con dignidad a los trabajadores, pues un trabajador con derechos completos puede trabajar bien. Por el contrario, un trabajador que no es tratado con dignidad, no puede trabajar bien.

Basta con que observemos lo que está pasando con los profesores, los empleados del sector público, y una serie de trabajadores del sector privado también, los cuales no están trabajando en un solo sitio, sino que trabajan en varios sitios ya que la plata no les alcanza. Lamentablemente, ninguno de esos trabajos lo pueden hacer bien pero recurren a eso porque el dinero no les alcanza. Justamente, no queremos trabajadores de esa naturaleza, que se vean forzados a ganarse la plata por diversos sitios, viviendo desesperadamente, vulnerando su tranquilidad y su dignidad; queremos trabajadores que trabajen bien y puedan producir adecuadamente en favor del país, pero siempre gozando de sus derechos completos. Es por esto que, nosotros pensamos que es urgente que esta ley se derogue, pues una vez que se comienza a aplicar, se da una situación de materia consumada en la cual ya no hay nada que hacer si ya se pone en práctica.

Esta ley no solo recorta derechos laborales, sino que afecta la esencia, la dignidad misma del ser humano y de las personas más jóvenes. Lo que dice el gobierno es que ella es para los jóvenes que están en una situación de informalidad, a aquellos jóvenes que están trabajando en una situación difícil; pero la ley no dice eso. Si uno revisa la ley, esta no posee artículos que se apliquen directamente a los jóvenes que están en informalidad o en empresas que no les ofrecen derechos. Más bien, se aplica de forma general, es decir, a jóvenes que están trabajando de manera informal, pero también se debe de incluir a trabajadores en empresas trasnacionales como bancos, AFP, mineras y demás.

Cuando alguien va a la ventanilla de un banco, probablemente encontrará a un chico con un carné de Proseguro, no con uno de ese banco. ¿Cuál es la situación para que un joven que pertenece a otra empresa esté trabajando en dicho banco? Esto sucede precisamente para evitar el pago de los derechos laborales de ese trabajador: contratan trabajadores de otras empresas en forma tercerizadora, no les pagan ningún derecho y luego los devuelven. Entonces, ¿de qué informalidad habla el gobierno si en sus caras las trasnacionales están tratando de manera informal a los jóvenes? Los están explotando y ello se puede observar en numerosos casos, los chicos duran tres o cuatro meses y después los botan con el fin de no pagar derechos labores. Y estos señores hacen creer que solo los empresarios de provincia o los empresarios de pequeñas y micro empresas son los que tratan de manera informal a los trabajadores. Pero no, ello sucede en pleno centro de Lima, donde las grandes empresas abusan de los jóvenes.

Ahora quieren legalizar todo lo anterior con esta ley. De esta forma, no hay coherencia entre lo que está sucediendo y esta norma que aprobó el gobierno, que sólo contó con 12 parlamentarios que votamos en contra. Ello a razón de que unos votaron un poco por intuición, otros con formación jurídica y causa, y algunos otros porque son políticos que han recibido dinero de las trasnacionales para sus campañas políticas. Por ejemplo, en Chile, el caso Penta trató de cómo sorprendieron, mediante correos electrónicos, a políticos que recibieron plata de grupos económicos so pretexto de algunos servicios. Cuando tú haces eso, quedas sujetado a los intereses económicos, con lo cual, no vas a trabajar a favor de la gente sino a favor de esos señores que financiaron tu campaña.

En Chile los están procesando penalmente en la Fiscalía, y en el Perú no pasa nada. Acá hay personas que reciben dinero de Telefónica, de bancos, de mineras, que está incluso probado y a confesión de parte. Esos señores votan para eso: favorecer a los grupos económicos que les deben la subvención de sus campañas, quienes necesitan trabajadores baratos.

De esta forma, es urgente que la ley sea derogada en esta situación en la que se ha aprobado, en una situación donde no ha habido mayor debate. Se aprobó en la comisión en casi 15 días, hicieron una trampa en la comisión de trabajo, hicimos una fuerte discusión donde incluso amenazaron con sancionarme por reclamar mucho, luego pasó al pleno en minoría y finalmente lo aprobaron. Después se dieron cuenta de que había miles de jóvenes en las calles, los cuales no eran dos mil ni tres mil, sino prácticamente cincuenta mil. Ante eso, los grupos políticos, no por convicción sino por conveniencia, han retrocedido.

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ED: Se ha señalado que faltaban 33 firmas de congresistas para presentar la demanda y que estas fueron suplidas por un colegio de abogados…

YL: Son dos demandas distintas. Una la presentamos y, en efecto,  faltaban algunas firmas. Sin embargo, uno puede presentar la demanda con firmas de congresistas como con un colegio profesional. Yo soy abogado miembro del Colegio de Abogados del Perú y este siempre me ha ayudado a presentarlas. Es así que, si bien es cierto no se consiguieron las firmas con los parlamentarios por distintas razones, a lo cual se sumaba la urgencia de presentar la demanda, la presentamos con el Colegio de Abogados del Perú, de tal manera que los efectos son los mismos.

Esta demanda ya está en trámite, como lo ha explicado el presidente del Tribunal Constitucional, y lo importante es que se evalúe la ley, sea presentada por parlamentarios o sea presentada por un colegio profesional.

ED: El Tribunal Constitucional ha recibido demandas de inconstitucionalidad contra el régimen especial agrario, el de contratos administrativos de servicios (CAS) y el de las MYPES, pero en los tres casos fueron declaradas constitucionales. ¿Qué le hace pensar que no sucederá lo mismo con este nuevo régimen especial?

YL: Es un caso totalmente distinto. Espero que este nuevo TC estudie bien las leyes. Lamentablemente, todas esas leyes que han salido vulneran los derechos de los trabajadores, así como la Ley de la Reforma Magisterial. No han salido las resoluciones porque estén bien las leyes, sino porque los poderes políticos y económicos se introducen. Todos los casos que tú mencionas, por ejemplo, se están tramitando en la Corte Interamericana.

ED: Si la ley es declarada constitucional, ¿se buscará proponer una nueva ley con el fin de derogarla?

YL: Si se declara infundada la demanda tendríamos que recurrir a la Corte Interamericana. El otro camino es el Congreso, al debatir los proyectos de ley para derogarla, cosa que yo creo que es lo más factible ya que todas las fuerzas políticas han retrocedido. Entonces, conforme a esto, todos van a votar a favor de la derogatoria. En ese caso el TC tendría que archivar el caso porque se ha quedado sin materia para resolver.

ED: ¿Hay alguna precisión en el proyecto de Reglamento de la Ley que se publicó esta semana que podría evitar que la norma sea inconstitucional? ¿Qué opinión le merece esto?

YL: Un reglamento no puede modificar una ley, así que no le podría quitar el vicio de inconstitucionalidad. Este repite lo que dice la ley e incluso ha empeorado esta. Lo que ha añadido es que el trabajador podría acceder a utilidades, pero son muy pocas empresas que las pagan. Creo que algunas mineras lo hacen, pero el 70% de los trabajadores que trabajan en minera están tercerizados, entonces no reciben utilidades. Lo que están haciendo es intentar modificar la ley a través del reglamento. Luego han dicho que están evitando el abuso al decir que una vez terminado el contrato que se rige bajo la Ley Pulpín, el joven tendrá que ser contratado por el régimen normal. No obstante, lo que va a ocurrir es que no les van a renovar el contrato. No obstante, los voceros del gobierno dicen que es imposible que las empresas boten a un trabajador que ellos mismos han capacitado. Ahora bien, la capacitación no la paga el empleador, sino el Estado; con lo cual el capacitador no tiene reparos en botar al trabajador, pues este no ha gastado nada.

ED: Pasando a otro tema, usted ha declarado que en el transcurso de esta semana estará presentando un informe alterno sobre el caso López Meneses. ¿Qué lo llevó a realizar esta investigación? ¿En qué difiere del que se encuentra preparando la comisión respectiva?

YL: Se presentó un vicio desde el inicio, en el que se destinó a un fujimorista a que investigue a un fujimontesinista. El señor López Meneses fue asesor de la bancada fujimorista y es obvio que hasta ahorita tiene relación con ellos, yo no puedo respaldar un informe en esas condiciones. En segundo lugar, no se ha completado la investigación, pues no han puesto énfasis respecto de las mafias que se encontrarían implicadas. Una de las pruebas para detectarlas era levantar el secreto telefónico, pero no se ha querido dar ningún dato. Lo que han dicho es que no se podía determinar uno por uno a quienes pertenecían el medio millón de llamadas registrado, pero sí pudieron decir que yo era uno de esos números. He ido revisando los documentos y en una de esas llamadas, yo estaba hablando en la Mega Comisión que investigaba a Alan García, el mismo día y a la misma hora. Entonces, ¿cómo creerles?

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