Brexit deberá ser aprobado por el Parlamento británico

El Tribunal Superior de Justicia británico, una de las tres Cortes Reales del Reino Unido, determinó que la decisión de gatillar el Artículo 50 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea —es decir, el iniciar el proceso de brexit y la separación del Reino Unido de la UE— está sujeta a una previa consulta y aprobación del Parlamento de dicho país.

Esta decisión se fundamenta en que, para el Tribunal, la decisión de salir de la UE no representa exclusivamente una decisión de política exterior, sino también de gobierno interior. Ello es importante pues el Ejecutivo británico tiene mayores competencias (conocidas como prerrogativas reales) en lo referido a la política exterior y a la firma o salida de tratados. No obstante, en lo referido a política interna y a derechos de sus ciudadanos, los poderes del Gobierno británico son menores y en ciertas ocasiones requiere de aprobación parlamentaria. El Tribunal consideró que el brexit pertenece al segundo caso.

El artículo 50 del Tratado de Funcionamiento de la UE señala que los países miembros pueden salir de la UE “de acuerdo a sus procedimientos y requisitos constitucionales”. En el presente caso, la corte consideró que, debido al impacto que la salida de la UE tendría en la legislación interna, tomar la decisión como una prerrogativa del Ejecutivo representaría una vulneración de la soberanía del Parlamento.

La decisión fue unánime a favor de darle al Parlamento poder para activar el brexit, lo cual le dará al Legislativo (con una mayor proporción de partidarios del Remain) un rol activo en las negociaciones entre el Gobierno y la UE.

Puntos Controvertidos

  • ¿Es justificable que se requiera la aprobación de representantes para una decisión tomada a través de un mecanismo de consulta popular?
  • ¿Cuál es el límite de las prerrogativas que tiene el Poder Ejecutivo en sistemas de gobierno parlamentaristas como el Reino Unido?
  • ¿Cómo se argumenta en países de common law sobre “procedimientos constitucionales” cuando no existe una Constitución escrita? [La decisión cita precedentes que datan del siglo XIII]

Fuentes Recomendadas

Incendio en Cantagallo

El día viernes la Comunidad shipibo-Conibo que reside en Cantagallo, en las riberas del Rímac amaneció en medio de una tragedia. Más de 436 viviendas fueron destruidas por un incendio que afectó a alrededor de 2,000 familias, según estimados iniciales de Defensa Civil. El incendio, que habría ocurrido a raíz de un cortocircuito, requirió el apoyo de 30 compañías de bomberos. Muchas de las familias decidieron pernoctar en el mismo lugar del incendio como medio para proteger sus pertenencias y, en otros casos, ante la inexistencia del saneamiento físico-legal que acredite la propiedad de los terrenos de los que eran poseedores. El día sábado, una comisión de los Ministerios de Salud, Cultura, Justicia y del Interior intentaban llevar a los residentes de la comunidad a los centros de ayuda instalados a pocas cuadras.

Esta comunidad estaba en el área de influencia del Proyecto Río Verde, iniciativa de la gestión de Susana Villarán para recuperar la ribera del Río Rímac y que incluía el traslado de los residentes de esta comunidad a un terreno en San Juan de Lurigancho, con el objetivo de poner fin a la inseguridad del terreno en el que se encontraban ubicadas las casas y talleres. No obstante, e incluso antes de asumir el cargo por tercera vez, Castañeda Lossio detuvo este proyecto una vez llegó al sillón municipal  (e incluso antes, de acuerdo a reportajes de IDL Reporteros) con el fin de utilizar los fondos para el By Pass de la Av. 28 de Julio.

Tras el incendio, Castañeda y Villarán se acusaron mutuamente de tener responsabilidad política en la situación de la comunidad shipibo y su traslado. En primer lugar, Castañeda asegura que «se engañó» a dicha comunidad pues el plan de reubicación simplemente no existía, mientras que Villarán asegura que Castañeda privilegió el By Pass a la calidad de vida de los miembros de la comunidad shipibo de Cantagallo. Por otro lado, se conoció que, durante la gestión de Castañeda, la Municipalidad de Lima vendió el terreno en el cual se tenía planeado reubicar a los residentes de Cantagallo en el supuesto que Río Verde hubiera continuado.

Puntos Controvertidos:

  • ¿Qué responsabilidad se desprende por no haber trasladado a la comunidad previamente?
  • Tras dos incendios notorios, ¿qué mejoras se han aprobado en la capacidad operativa del Cuerpo de Bomberos?
  • En viviendas construidas de material rústico, ¿qué planes de contingencia deben existir contra accidentes de este tipo y qué enfoque diferenciado debe tener el Sistema Nacional de Gestión de Desastres?

Fuentes Recomendadas

Destitución del Juez Orozco

El 13 de octubre, tras una mega operación policial, se capturaron a 29 presuntos miembros de la organización criminal Los Monos de Quepepampa, cuyo centro de operaciones era la provincia de Huaral. Posteriormente, como es natural, la Fiscalía solicitó al juez supernumerario de investigación preparatoria de Huaral Ismael Orozco Huayanay, prisión preventiva por 18 meses, en aras de continuar con las investigaciones del accionar delictivo de esta banda.

Por su parte, el ahora ex juez Orozco desestimó el requerimiento por, de acuerdo a una entrevista concedida a El Comercio, no encontrarse elementos de convicción suficientes y corresponder a un trabajo prematuro en su formulación y por tal con errores.

Las muestras de rechazo fueron instantáneas. Tal es así que el ministro del interior Carlos Basombrío lamentó la decisión del juez y exhortó a trabajar de la mano entre la Policía y el Poder Judicial.

Pero no fue hasta el 2 de noviembre último que se conoció la respuesta institucional. En efecto, durante la presentación del Acuerdo por la Justicia, Pedro Pablo Kuczynski celebró la destitución de Orozco Huayanay del cargo que ostentaba.

Más tarde, Víctor Ticona, presidente del Poder Judicial, confirmó la noticia, y dejó mencionado que el ex juez fue nombrado para aliviar la carga procesa, por ello no trabajaba como un juez titular.

Finalmente, recordemos que Ismael Orozco fue vinculado con el aparato creado por Montesinos en el Poder Judicial; asimismo, Matilde Pinchi Pinchi lo relacionó con el favorecimiento a Laura Bozzo en un proceso.

Puntos controvertidos:

1.- ¿Estamos frente a la “política del termómetro”, es decir, actuar de acuerdo a la coyuntura, pero sin contar con un plan maestro que dirija orgánicamente el recambio de las instituciones peruanas?

2.- ¿Bajo qué criterios Orozco Huayanay fue destituido?

3.- ¿Cómo se va a plantear la comunicación entre Policía y Poder Judicial?

Fuentes recomendadas:

http://elcomercio.pe/sociedad/lima/destituyen-juez-huaral-que-libero-monos-quepepampa-noticia-1943693

http://semanaeconomica.com/article/legal-y-politica/politica/204266-destituyen-a-juez-que-libero-a-banda-de-criminales/

http://larepublica.pe/politica/817680-destituyen-juez-ismael-orozco-tras-liberar-banda-criminal-en-huaral

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