Por: Juan Luis Balarezo Revilla
Ex miembro del Consejo Editorial de EnfoqueDerecho.com
Autor del blog ElCharco.lamula.pe

La Corte Interamericana de Derechos Humanos acaba de condenar al Estado brasilero al pago, en total, de US$ 2’520.000 a 70 familiares de las víctimas de la dictadura militar que gobernó dicho país durante 21 años entre 1964 y 1985. La sentencia encuentra responsable a Brasil, entre otras perlas, de la desaparición forzada, detención arbitraria y tortura de decenas de personas.

El golpe de Estado del 64. La sentencia da cuenta de que el gobierno constitucional brasilero fue derrocado por los militares sobre la base de una confusa «Doctrina de la Seguridad Nacional», en el marco del típico conflicto de la guerra fría. La Corte estableció que (párr. 85)

“Entre otras manifestaciones represivas en ese período, se encuentran el cierre del Congreso Nacional, la censura completa de la prensa, la suspensión de los derechos individuales y políticos, de la libertad de expresión, de la libertad de reunión y de la garantía del habeas corpus.

Al mismo tiempo, la Corte reseñó (párr. 86)

“una ofensiva fulminante sobre los grupos armados de oposición [que causó que] la desaparición de presos políticos, que antes era sólo una fracción de las muertes ocurridas, se [convirtiera en] la regla predominante”.

El régimen militar se enfrentó a la Guerrilha do Araguai, integrada por algunos miembros del Partico Comunista de Brasil. Los 70 miembros de esta organización desaparecieron a manos de la dictadura en 1974.

Costumbre amnésica. Como estilan las dictaduras, se promulgó una amnistía en 1979  (Ley Nº 6683/79) que evitaba juzgar a quienes hayan cometido (artículo 1.1)

“crímenes de cualquier naturaleza relacionados con crímenes políticos o practicados por motivación política”.

Más ilegal, imposible. Dicha ley, según la misma Corte, ha sido invocada por los jueces brasileros para no investigar, procesar ni condenar a responsable alguno de violaciones de derechos humanos. Incluso, el Supremo Tribunal Federal de Brasil ratificó la vigencia de la ley en un polémico fallo. Ante ello, la Corte ha reiterado una vez más lo que ya aburre escuchar (párr. 141):

“Este Tribunal, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, los órganos de las Naciones Unidas y otros organismos universales y regionales de protección de los derechos humanos se han pronunciado sobre la incompatibilidad de las leyes de amnistía relativas a graves violaciones de derechos humanos con el derecho internacional y las obligaciones internacionales de los Estados”

La consecuencia, ha dicho la Corte, es que dicha ley «carece de efectos jurídicos» y acarrea responsabilidad internacional por parte de Brasil (párr. 180).

La cifra certera de las víctimas de la dictadura es aún incierta. Mientras unos documentan 379 muertos y desaparecidos con nombres y apellidos, una comisión instaurada desde la Presidencia de la República estimó 339 casos, luego de 11 años de trabajo y la publicación del libro Direito à Memória e à Verdade (2007). Este documento acusó a los miembros de la dictadura por asesinatos, desapariciones y torturas cometidas durante el periodo de 1964 a 1985. El reclamo a las FFAA brasileras por datos sobre el paradero de las víctimas nunca fue respondido; la amnistía los protegía.

Es así que Lula, quien defendió la amnistía durante el intento de revisión de la misma ante el Supremo Tribunal Federal, anunció en octubre de 2009 la creación de la primera comisión de la verdad oficial para esclarecer los hechos de la dictadura. Es importante recordar que, además de él, tres de sus ministros, incluida la actual presidenta electa Dilma Rousseff, habían sido perseguidos y torturados por los militares. Las Fuerzas Armadas se opusieron a la creación de la comisión, aduciendo que recordar el pasado puede ser doloroso (?). Así, el Ministro de Defensa presentó su renuncia por temor a una derogación de la ley de amnistía, lo que forzó a Lula a postergar el proyecto de la comisión de la verdad para calmar las aguas.

Sin embargo, Brasil ya había tenido una comisión de la verdad, aunque clandestina. En efecto, en 1985 fue publicado el informe Brasil: Nunca Mais, preparado durante 6 años en absoluto secreto por un equipo de más de 30 investigadores, liderado por el sacerdote franciscano Paulo Evaristo Arns. Este informe documentó casos horrendos, como el de un militar estadounidense, que llegó a Brasil para enseñar «métodos científicos para arrancar confesiones y obtener la verdad». Es decir, una versión sesentera de la justificación del waterboarding en la era Bush.

Portada del informe de la comisión de Paulo Evaristo Arns (1985)

La manera en que el fallo de la Corte afectará las tensiones con los militares en el nuevo gobierno de Dilma Rousseff es aún incierta. Lo que está claro es que las pretensiones brasileras de seguir jugando en las primeras ligas de la política internacional pasan, necesariamente, por acatar la orden de la Corte: juzgar a los responsables de las violaciones de derechos humanos. ¿Por qué? Sencillo: un contexto de respeto a los DDHH es necesario para entrar al club del primer mundo, aunque mantenerlo, una vez dentro, no sea indispensable.

¿Cómo citar este artículo?

BALAREZO REVILLA, Juan Luis. La condena del gigante: Brasil deberá procesar a militares. En: Enfoque Derecho, 17 de diciembre de 2010. https://enfoquederecho.com/la-condena-del-gigante-brasil-debera-procesar-a-militares/ (visitado el dd/mm/aa a las hh:mm).

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