Cuando redactamos un contrato verificamos que nuestro cliente este protegido con todas las posibilidades que las leyes le brindan. Sin embargo, es importante analizar otro aspecto: a la contraparte. No basta verificar si tiene poderes o no, debemos tener una idea acerca de su capacidad de actuar conforme a lo esperado. Nuestro cliente quiere hacer negocios, a eso se dedica. Su negocio no es ganar un juicio. Le quita tiempo y energías. Por ello a la hora de contratar será importante verificar el comportamiento y el prestigio que tiene la contraparte. Así disminuiremos la cantidad de conflictos que hoy son resueltos por el Poder Judicial o en el mejor de los casos en un Tribunal Arbitral; haciendo que no sólo las partes involucradas, sino también el Estado, gasten recursos humanos y económicos en la resolución de conflictos que, en muchos casos pudieron haber sido evitados. Lograremos también que se valorice la ética en los negocios.

Existen diferentes medios legales que nos permiten obtener el historial de la contraparte para que nuestro cliente pueda construir su propia idea, disminuyendo, en cierta forma, el porcentaje de fracaso del nuevo negocio, es decir su riesgo. Luego del análisis de la información obtenida se generará una confianza inicial, se determinará si se llevará a cabo el negocio proyectado o se buscará una mejor contraparte. Me refiero a una confianza inicial, porque esta se construye día a día. Así como es sumamente difícil lograr la confianza plena, es muy fácil que ésta se pierda (lo que podría ser el inicio del fin de una relación profesional o de negocios); siendo extremadamente difícil su recuperación.

La confianza en la contraparte es un elemento esencial que, en gran medida garantiza el éxito de cualquier tipo de relación. Una relación en la que exista, generará tranquilidad y armonía entre las partes originando un clima de negocios adecuado y positivo.

Un ejemplo palpable de lo expuesto es nuestro país: el Perú.

Al Perú le ha costado décadas recuperar no sólo la confianza de los inversionistas extranjeros sino la de nosotros mismos, los peruanos. Durante mucho tiempo no hemos sido capaces de apostar por el Perú, de destinar a este país nuestras inversiones, es decir, de arriesgar en y por el Perú. Hoy en día, podemos observar como esa situación ha cambiado drásticamente y ello se lo debemos a la confianza que hemos generado en nuestro país. Gracias a ella y a lo que reflejamos es que las inversiones privadas han crecido de tal forma que el desarrollo ha llegado a nuestro país, y al parecer para quedarse; porque éste, aún cuando el panorama internacional pareciera estar en nuestra contra, sigue creciendo, si bien no al mismo ritmo del inicio, éste no se ha frenado.

El desarrollo, cuyo significado en economía, según el Diccionario de la Real Academia Española, es una “evolución progresiva de una economía hacia mejores niveles de vida”, trae consigo una cadena de aspectos positivos, entre ellos, el más importante: la reducción significativa de la pobreza. El Perú esta desarrollándose. Aunque durante todo el proceso electoral se haya hecho sentir lo contrario, las estadísticas demuestran que el Perú avanza y que hay mas peruanos beneficiados que lo que muchos afirman. Sugiero que lean el artículo que cuyo vínculo es el siguiente:

http://elcomercio.pe/impresa/notas/crecimiento-equidad/20110917/1303921

Cuidemos como una pieza de cristal la confianza que miles de personas han depositado en nuestro país, y no permitamos que nada genere en esta valiosa pieza una rajadura, que mañana más tarde no podamos resanar. Tomemos el ejemplo de nuestro país para aplicarlo en cada una de nuestras relaciones profesionales y de negocios, y así tengamos un gran porcentaje del éxito que se traducirá en una reducción real de la pobreza y un fortalecimiento de los valores que hacen que un país sea respetado. No olvidemos que más se enseña con el ejemplo.

1 COMENTARIO

  1. No puedo estar más de acuerdo en la necesidad de subrayar la enorme trascendencia que tiene la confianza en cualquier relación contractual, sobre todo si es que en ella se tiene una razonable expectativa de instaurar una relación comercial de largo aliento.

    Esta última situación, el establecimiento de una auténtica relación comercial y no meramente una de intercambio ocasional (o incluso en un solo y unico momento), nos ofrece también algo de información e incrementa la potencial confianza en nuestra contraparte. En vía de principio, cuando se quiere entablar una relación comercial sostenida, las partes tendrán mayores incentivos de revelar cierto nivel de información que asegure la estabilidad de tal vínculo; aunque esto tampoco es una regla absoluta. En caso la relación se produzca para una única transacción, los incentivos para revelar información serán menores puesto que deseará extraer la mayor cantidad de beneficio posible en esa operación; lo cual, se encuentra mediatizado en el caso de una relación comercial estable, puesto que muchas veces se priorizaría un beneficio o flujo de rentabilidad a lo largo del tiempo.

    En esa misma línea de ideas, la situación se explica por la teoría de juegos, ya que el impacto que la reputación tiene sobre el comportamiento de los individuos se percibe con mayor fuerza cuando estamos en juegos de repetición (y si estos tienden a ser infinitos, con mayor razón); situación que no se presenta (o su impacto es marginal) en los juegos sin repetición.

    De lo dicho se extrae que la creación de la confianza y su preservación, aunque tiene cierta trascendencia jurídica, tiene como principal motor a elementos económicos y no propiamente legales (en especial, en el escenario que se comenta). Existirán ciertamente situación jurídicas que tienen un impacto en la creación o preservación de la confianza, como cuando una regla legal incentiva el incumplimiento o las conductas estratégicas de una de las partes.

    En relaciones comerciales, las partes saben bien con quienes contratan y por eso incluso muchas veces los abogados, por instrucciones del cliente, flexibilizamos la rigidez de los contratos precisamente porque la «desprotección» abierta por la morigeración de las cláusulas se compensa por el menor riesgo «real» de incumplimiento (o el que percibe el cliente) dado que los antecedentes avalarían la seriedad de los involucrados.

    El tema, como se ve, da para mucho.

    Saludos,

    Renzo S.

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