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«El conocimiento de la tributación no tiene que estar necesariamente alejada del ciudadano de a pie»

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En esta primera entrega, Enfoque Derecho entrevista a Juan Manuel Salazar, Socio del Estudio Payet, Rey, Cauvi, Pérez, y Renzo Grandez, Asociado del Estudio Payet, Rey, Cauvi, Pérez, sobre TaxYDriver, el nuevo blog que integran en el portal web.

ED: ¿Cómo surge en ustedes el interés de crear un blog especializado en derecho tributario? 

La idea surge porque veníamos madurando la idea de contar con un mecanismo de difusión masivo pero a la vez de interacción con los lectores sobre temas tributarios, en el cual podamos transmitir en un lenguaje sencillo los grandes problemas, retos y desafíos que en nuestra opinión existen en el tema tributario en el país y que nosotros como especialistas vivimos día a día en nuestra práctica. Uno de los problemas del derecho tributario es que contiene conceptos muy técnicos, que a veces son de difícil comprensión porque se ve invadido por elementos del derecho civil, aspectos financieros y contables y hasta por aspectos del negocio mismo. A nivel académico, aprendemos los conceptos básicos de la tributación y algunos aspectos prácticos, como calcular un impuesto, principios fundamentales, etc.  Nuestra idea es tratar de comentar en forma “digerible” para el lector nuestro entendimiento sobre la naturaleza fundamental de los tributos desde la perspectiva de una política fiscal responsable para el desarrollo de los Estados, y poder a través de este espacio compartir la casuística que vemos en nuestra práctica profesional cotidiana y que de alguna manera permita despejar algunas de las dudas que puedan tener los lectores que no son especialistas en el tema y colaborar en el entendimiento sobre este tema que puede a veces tener elementos muy complejos.

ED: ¿Por qué consideran que resulta importante difundir cultura jurídica especializada en esta rama del derecho? 

Precisamente porque el conocimiento de la tributación no tiene que estar necesariamente alejada del ciudadano de a pie. Muchas veces cuando nos preguntan qué especialidad vemos y mencionamos la palabra “impuestos” o “tributario” la reacción que percibimos es de rechazo o de percepción de que el derecho tributario tiene una complejidad casi asimilable al de la ingeniería cuántica. Y si bien existen temas muy técnicos, y el derecho tributario tiene mucha afinidad con otras disciplinas como la contabilidad y las finanzas, esa percepción creemos que se genera por una falta de comunicación en forma sencilla de los conceptos que rigen a la tributación. Desde la perspectiva del abogado o el estudiante de derecho, a veces se pretende analizar las normas tributarias bajo la perspectiva en la que se analizan otras ramas del derecho y ahí se produce el cortocircuito, pues el derecho tributario tiene mucho contenido de lógica financiera y ello colisiona con el razonamiento jurídico que es más rígido y menos dinámico. Pero no son incompatibles. Y eso es lo que hay que develar. Estamos convencidos que para entender las normas tributarias lo que más se necesita es sentido común pero bajo una lógica de negocio, financiera, apartarnos un poquito de la rigidez con la que a veces nos delimita la formación jurídica.

ED: ¿Por qué resultaría importante que aquellos que no ven al derecho como su especialización lean este blog? 

El derecho tributario es importante para todas las ramas del derecho, y no solo nos referimos a efectos de planificación, o de fusiones & adquisiciones, compra-ventas. El entendimiento de los tributos te permite planificar de la mejor forma tu inversión, y para ello debemos entender también que las políticas fiscales del Estado deben llevarse acorde con los intereses de los ciudadanos. Existen dos jugadores en esta relación, el contribuyente y el Estado, y es importante comprender los intereses de una y otra parte.

La falta de conocimiento de la tributación genera costos transaccionales difíciles de medir. A modo de ejemplo, es muy difícil regularizar situaciones tributarias cuando se empieza mal un negocio, porque la regularización es muy costosa. A algunos inversionistas les cuesta entender que nuestras normas tributarias tienen un gran sesgo muy formal, es decir tienden mucho a la formalidad, y finalmente las fiscalizaciones son las que los hacen caer en cuenta. Tratar de explicar cómo es que funciona la administración tributaria en un lenguaje sencillo es importante para todos, no solo a quien se dedica al derecho tributario, sino para cualquiera que hace negocios. Hay que sacar el derecho tributario del ámbito académico. Queremos hacer entretenido a un tema aburrido, agregarle valor.

ED: ¿Qué tipo de temas específicos serán abordados en su blog?

Este espacio tomará en cuenta la casuística. Compartiremos, a partir de nuestra experiencia del día a día, cómo actúa la SUNAT ante ciertas situaciones, así como también ahondaremos en los errores, muchas veces frecuentes, de los contribuyentes. Asimismo, abordaremos situaciones no previstas en las normas y propondremos soluciones prácticas a las mismas. Y, finalmente, tomaremos en cuenta lo que la legislación tributaria en otros países prevé y que deberíamos imitar. La finalidad será abordar temas que enriquezcan el conocimiento en este campo.

ED: ¿En qué consiste su rama de especialidad en el derecho? ¿Qué tipo de temas ven en el Estudio? 

El derecho tributario, como toda especialidad, se puede derivar en sub- especialidades. En ese sentido, en este estudio,  manejamos ésta área en cuatro sub – áreas. La primera, es el área de “litigation”, la cual básicamente se encarga de los reclamos y de procedimientos contencioso-administrativos, que involucren temas tributarios, los cuales se dan cuando se judicializan los reclamos ante la administración. La segunda, se especializa en realizar consultorías propiamente. La tercera, la llamamos “deals” , porque, vale precisar que, aunque sea un estudio que ha nacido especializada en el área corporativa, tiene una gran carga de clientes que se enfocan en transacciones, y he ahí donde existe una necesidad de estructurar las compras o las ventas en aras de generar eficiencias tributarias. Y, en cuarto lugar, tenemos a aquellos que se encargan de los “due dilligence”.

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