La Defensoría del Pueblo es el órgano constitucional autónomo encargado de defender los derechos fundamentales de la comunidad y supervisar el cumplimiento de los deberes de la Administración Estatal y la prestación de los servicios públicos a la ciudadanía. En ese sentido, viene compartiendo a través de su blog y redes sociales el microprograma “Comparte tus derechos” para así “fortalecer a la ciudadanía en el conocimiento de los trámites y procesos asociados al ejercicio de sus deberes y derechos”.

En aras de promover esta concientización sobre derechos y deberes de la ciudadanía, Enfoque Derecho- en coordinación con el Blog de la Defensoría del Pueblo- difunde periódicamente en este espacio los videos de este programa.

Por ello, con motivo de la celebración del Día del Trabajo, compartimos este video que explica cuáles son los derechos laborales que tienen los trabajadores del régimen del Decreto Legislativo No. 728.

https://youtu.be/ypl9rrz4_-E

Puntos a tomar en cuenta:

  • Todo trabajador tiene derecho a recibir un sueldo mínimo, a trabajar como máximo 8 horas diarias y 48 horas semanales, y a gozar de 30 días de vacaciones.
  • Si trabaja horas extras, estas deben ser pagadas y compensadas según acuerdo con el empleador.
  • En caso, trabaje en horario nocturno, tiene derecho a recibir el 35% adicional de la remuneración.
  • Asimismo, tiene derecho a recibir gratificaciones en julio y diciembre; y al pago de CTS (Compensación por tiempo de servicios) en mayo y noviembre.
  • El trabajador podrá elegir libremente el régimen de pensiones al que quiere afiliarse: AFP (Administradora Privada de Fondo de Pensiones) u ONP (Oficina de Normalización Previsional).
  • Además, tiene derecho a ser afiliado al Seguro Social de Salud, cuyo aporte estará a cargo del empleador y no debe ser descontado de la remuneración.
  • A partir del cuarto año de trabajo, el trabajador tiene derecho a un seguro de vida.
  • Si tiene un hijo o más, le corresponde una asignación familiar equivalente al 10% de la remuneración.
  • Si se trata de un trabajo de riesgo, tiene derecho a un Seguro complementario.
  • Todo trabajador puede forma parte de un sindicato y así, negociar colectivamente con su empleador.
  • En caso estos derechos no fueran respetados, el trabajador puede acudir a las oficinas descentralizadas del Ministerio de Trabajo o a la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil).
  • Si estas oficinas no atienden la denuncia, puede recurrir a la Defensoría del Pueblo.

Y tú, ¿qué esperas? ¡Comparte tus derechos! ¡Súmate a esta gran iniciativa!

1 COMENTARIO

  1. Una. Consulta hay alguna parte de la municipalidad que me puedan ayudar para poder cobrar el seguro de cesantía ya que no pude cobrarla

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