Por Javier Alonso de Belaunde, abogado por la PUCP y ex Director de THEMIS- Revista de Derecho.

«¡Jueces pro terrucos!». «Juez le pone el parche a Alan». «La justicia traicionó a Nolasco». La relación entre el periodismo y el sistema de justicia suele ser tensa, con acusaciones del último de incomprensión y presión interesada hacia sus integrantes. Y es que los hombres de prensa evalúan y exhiben ante la comunidad la labor realizada por jueces y fiscales en los casos que por materia o personas involucradas resultan notorios. Ello incluso se plasma en juicios paralelos o «mediáticos» donde se denuncian, investigan y resuelven crímenes, «sentenciando» a los responsables.

¿Cuál es el problema? ¿No nos encontramos ante el ejercicio de las libertades de informar y opinar, en general, y de crítica a las decisiones judiciales, en particular? ¿Acaso los jueces y fiscales no son funcionarios públicos y su labor, el ejercicio de una función pública? ¿No son la publicidad y la transparencia principios vigentes en nuestra democracia?

Siendo que todas las anteriores interrogantes tienen una respuesta afirmativa, no se puede perder de vista que ningún derecho o principio constitucional es absoluto. Por ejemplo, la información difundida debe ser veraz (adecuación hecho-mensaje), siendo que la diligencia periodística ideal exigiría, al menos, que se leyeran las decisiones que se cuestionan. Asimismo, la opinión crítica o juicio de valor no debe afectar el honor y la buena reputación de los jueces y fiscales.

Pero la cobertura periodística no solo tiene los alcances subjetivos descritos, sino que repercute sobre las garantías de independencia e imparcialidad del sistema. Este ha sido el hallazgo de un interesante estudio de la Fundación para el Debido Proceso[1], sustentado en investigaciones en Argentina, Colombia, Ecuador y Perú (esta última a cargo del Instituto de Defensa Legal) y el acertado análisis comparativo de Luis Pásara. De acuerdo al estudio, se encontró evidencia cualitativa de que la presión de los medios sobre los funcionarios judiciales afecta la debida aplicación de las medidas de prisión preventiva en los casos de crímenes notorios. Dicha medida, que implica restringir la libertad de las personas que están siendo procesadas por la justicia, debiera aplicarse excepcionalmente dada la presunción de inocencia, pero la distorsión encontrada la viene convirtiendo en uso frecuente.

Existe incomprensión de la prensa a una trascendente labor que se ejerce en condiciones lejanas a las óptimas y que, sin duda, debiera recibir mayor valoración, pero la incomprensión es recíproca. El sistema de justicia no entiende la dinámica del ejercicio del periodismo y no le ofrece los insumos adecuados. Así, cabe preguntarse, con criterio de realidad, si se puede pretender que en pocas horas (o minutos) la prensa comunique al público cabalmente una decisión de un caso complejo que le ha sido presentada en formato de texto extenso y críptico.

Ciertamente, la cifra de descrédito del sistema de justicia frente a la opinión pública responde a causas más complejas (competencia o capacidad, corrupción, capacitación, carga procesal, etc.) que lesionan su efectividad, pero la brecha comunicativa también la explica. Se precisa pues, que institucionalmente se avance y perfeccione en la utilización herramientas (resúmenes ejecutivos de lenguaje sencillo y directo que aparezcan conjuntamente con las decisiones, entrevistas, conferencias de prensa oportunas, etc.) que permitan comunicar cabalmente las decisiones de los casos notorios a la prensa, para entender qué se ha decidido (decisión), por qué (fundamentación) y cuáles son sus consecuencias prácticas (efectos sobre el caso). Todo ello con miras a lo que realmente importa: que se informe a la ciudadanía. El poder emana del pueblo y se debe ejercer de cara a él.


[1] «Independencia judicial insuficiente, prisión preventiva deformada. Los casos de Argentina, Ecuador, Colombia y Perú». 2013. Ver: http://www.dplf.org/sites/default/files/prision_preventiva_analisis_final.pdf

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