La Defensoría del Pueblo es el órgano constitucional autónomo encargado de defender los derechos fundamentales de la comunidad y supervisar el cumplimiento de los deberes de la Administración Estatal y la prestación de los servicios públicos a la ciudadanía. En ese sentido, viene compartiendo a través de su blog y redes sociales el microprograma “Comparte tus derechos” para así “fortalecer a la ciudadanía en el conocimiento de los trámites y procesos asociados al ejercicio de sus deberes y derechos”.

En aras de promover esta concientización sobre derechos y deberes de la ciudadanía, Enfoque Derecho- en coordinación con el Blog de la Defensoría del Pueblo- difunde periódicamente en este espacio los videos de este programa.

Próximos a las fiestas de Navidad y de Fin de Año, compartimos, para esta sexta entrega, un video en el que se explica qué productos pirotécnicos se pueden comercializar y bajo qué medidas de seguridad.

Puntos a tomar en cuenta:

  • Existen dos tipos de productos pirotécnicos: los detonantes y los deflagrantes.
  • Los detonantes contienen un alto porcentaje de dinamita, explotan haciendo un gran ruido y pueden generar quemaduras, heridas y mutilaciones.
  • Por su parte, los deflagrantes no generan explosión, solo luces de colores y sonidos leves. Estos últimos sí pueden ser comercializados en lugares o ferias autorizadas por la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil (Sucamec) y las Municipalidades.
  • La comercialización de los productos pirotécnicos deflagrantes se debe realizar en lugares espaciosos, alejados de colegios y viviendas.
  • Además, deben contar con extintores, tanques de agua y baldes de arena como medidas de prevención ante cualquier incidente.
  • Si conoces una feria o sabes de alguna tienda o persona que venda pirotécnicos y que no tenga autorización, denuncia este hecho en la Municipalidad de tu distrito y en la Comisaría más cercana.
  • Si estas instituciones se negaran a recibir la denuncia o necesitas más información al respecto, acude a la Defensoría del Pueblo.

Y tú, ¿qué esperas? ¡Comparte tus derechos! ¡Súmate a esta gran iniciativa!

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