Los excesos de una apelación por salto: ¿discrecionalidad del TC?
Por: Samuel B. Abad Yupanqui Profesor de Derecho Constitucional de la PUCP y socio del estudio Echecopar ¿Puede el Tribunal Constitucional (TC) conocer discrecionalmente los procesos de amparo que desee? La respuesta es negativa. Sin embargo, ello ha sucedido en la RTC 0322-2011-Q/TC, publicada en su página web el 06 de enero. Dicha resolución declara fundada una queja y dispone que un proceso de ejecución de sentencia sea visto por el TC. No es un caso cualquiera. Se trata del amparo interpuesto por la Universidad Católica (PUCP) contra Walter Muñoz Cho, miembro de la Junta Administradora de la herencia de José de la Riva Agüero, que en marzo del 2010 mereció una sentencia desestimatoria (STC 3347-2009-AA) y que ahora regresa al
