10 de febrero de 2015

¿Cuánto hemos avanzado para erradicar la violencia contra la mujer?

El pasado noviembre se adoptó la versión preliminar del Segundo Informe de Seguimiento a la Implementación de las Recomendaciones del Comité́ de Expertas del Mecanismo de Seguimiento de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer, «Convención de Belém do Pará» (MESECVI). Para quienes no están familiarizados, el MESECVI es el espacio encargado de analizar los avances en la implementación de la Convención de Belem do Pará por sus Estados parte, así como los desafíos persistentes en las respuestas estatales ante la violencia contra las mujeres.

La familia Chaupe como beneficiaria de las medidas cautelares de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos

El 5 de mayo de 2014, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), mediante Resolución 9/2014, solicitó al Estado peruano adoptar medidas cautelares para garantizar la vida y la integridad personal de 46 líderes y lideresas de las comunidades y rondas campesinas, los integrantes de la familia Chaupe, el rondero Luis Mayta y el comunicador social Cesar Estrada[1]. Ello por los constantes actos de hostigamiento, amenazas y violencia que estaban – y están – recibiendo en el marco de su trabajo con las comunidades y rondas campesinas en la defensa de sus derechos frente a la imposición del inconsulto y no consentido Megaproyecto Minero Conga. La CIDH consideró que la situación de tales líderes y lideresas reunía prima facie los requisitos de gravedad, urgencia e irreparabilidad del art. 25 del Reglamente de la CIDH[2].