Entrevista a Susan Castillo sobre M&A
Creo que la principal diferencia en cuanto a la asesoría legal del comprador y del vendedor tiene que ver con el enfoque en el régimen de responsabilidad del vendedor respecto de los hechos ocurridos antes de la fecha de cierre en relación con la compañía. Cuando se está asesorando al vendedor, lo que se va a buscar es que su responsabilidad por estos hechos sea lo más limitada posible, y si acaso, dure por un periodo muy corto. Por el contrario, cuando se está por el lado del comprador, lo que se busca es que el vendedor responda por la mayor cantidad de cosas vinculadas con la compañía, en el entendido de que ha sido el vendedor quien ha controlado y gestionado la compañía y el negocio antes de la fecha de cierre.
