22 de abril de 2015

Fomentando la selección arbitraria de clientes: las paradojas de un insensato sistema de protección al consumidor

De la misma forma en la que existen proveedores buenos y proveedores malos, existen consumidores buenos y consumidores malos. La creencia envenenada de que los consumidores no pueden comportarse de manera oportunista hace que se omitan consideraciones importantes al analizar una determinada regulación. En particular, quiero sugerir que en aquellos sistemas de protección al consumidor en los que la autoridad puede controlar las cláusulas contractuales por abusividad –como ocurre en el Perú- se fomenta la selección arbitraria de clientes la cual es, por cierto, otra práctica considerada contraria al Código de Protección y Defensa del Consumidor.

Consulta Legal: ¿Se puede asignar la jefatura de una entidad estatal sin una resolución previa?

Usualmente, en las instituciones públicas, se suele considerar que los nombramientos, encargaturas[1] e, inclusive, los ceses se producen una vez que se haya emitido la Resolución respectiva que las declare, y que solo con ese documento serán realmente efectivas. La necesidad de contar con Resoluciones para cada una de las decisiones parte de la idea de que dichas Resoluciones garanticen que quienes hayan tomado la decisión tengan la competencia para poder hacerlo. En algunos casos, dicha obligación se encuentra reconocida normativamente, como es el caso del régimen del Servicio Civil: por ejemplo, para que el vínculo del servidor civil inicie sin problemas, deberá existir una Resolución de parte de la autoridad competente, de acuerdo al artículo 180 del Reglamento de la Ley del Servicio Civil.