mayo 2015

Editorial: Relegada y olvidada consulta previa

Érase un 11 de septiembre de 2011 cuando el presidente Ollanta Humala promulgó la Ley de Consulta Previa y, con ello, parecía ser que se garantizarían los derechos de los pueblos indígenas en las actividades económicas que tengan impacto sobre ellas. No obstante, esta semana algunos medios de comunicación han enfatizado que en los últimos meses de trabajo, el Ministerio de Energía y Minas (MINEM) emitió 16 resoluciones directorales que autorizan el inicio de actividades de explotación minera en zonas donde hay población indígena sin haber proceso alguno de consulta previa. Es decir, el MINEM estaría incumpliendo groseramente con esta ley que ahora parece ser solo letra muerta. Ante ello, el presente editorial analizará las implicancias de la consulta previa y su importancia en el contexto peruano.

Enfoque de la Semana: 24 a 30 de mayo

Esta semana, las principales noticias con contenido jurídico son: 1) Belaunde Lossio es capturado y entregado a autoridades peruanas, 2) Protesta en Lima en contra de Tía María, 3) Advierten que MINEM incumple con ley de consulta previa, 4) Corrupción en la FIFA: siete directivos fueron detenidos, 5) Archivan proyecto para despenalizar el aborto por violación.

La Ley de Dinero Electrónico: Entrevista a Ljubica Vodanovic, Delmar Ugarte Abogados

El dinero electrónico es un servicio financiero, también conocido como “billetera móvil”. Consiste en almacenar en un dispositivo móvil (principalmente, celulares) un monto de crédito que podrá ser utilizado a través de este. Eso implica que no se necesita llevar dinero en efectivo. Se espera que con esta ley se incentive el uso de dispositivos móviles en vez de dinero en efectivo. De esta forma, se permitirá que personas que se encuentran en lugares recónditos de nuestro país puedan usar esta forma de pago en lugar de acercarse a una agencia bancaria que podría estar muy alejada para sacar dinero en efectivo.

El dictamen del nuevo Código Penal: Entrevista a Romy Chang (Parte II)

Aquí hay un tema previo que tenemos que tomar en cuenta, la Ley de Acoso sexual que ha salido recientemente publicada no es una norma que establezca sanciones, lo que hace esta norma, contra todos los proyectos que se presentaron inicialmente, es convocar a que las municipalidades, la Policía Nacional y las instituciones públicas creen normas destinadas a evitar el acoso y creen sanciones que busquen desincentivarlo con multas administrativas.

La importación de figuras contractuales: Sobre la naturaleza jurídica de las declaraciones y garantías en el derecho peruano

Una crítica que comúnmente se hace al legislador peruano es que importa figuras jurídicas de ordenamientos extranjeros, sin haber hecho previamente un análisis a profundidad sobre cómo esta importación se relaciona con las normas vigentes en el país y si es que, más allá de haber sido utilizada en el exterior, es conveniente para el Perú.

El dictamen del nuevo Código Penal: Entrevista a Romy Chang (Parte I)

El actual Código Penal tiene como gran problema la desproporción en sus sanciones. Actualmente, como se han modificado muchos artículos de manera independiente, algunos delitos tienen una pena muy grave, en comparación a otros que tienen un bien jurídico más importante. Por ejemplo, tenemos que el delito de la violación sexual se sanciona con una pena más alta que el delito de trata de personas, cuando se entiende que la trata, si es sexual, debería tener una sanción más grave; y, por el bien jurídico protegido, supone un mayor desvalor de acción.