26 de mayo de 2015

El Proyecto de Ley No. 4505/2014-PCR: La receta para arruinar el arbitraje

En algunos días se debatirá en el Congreso el Proyecto de Ley No. 4505/2014-PCR[1]. De aprobarse dicha norma, se generará un daño gravísimo al arbitraje como un mecanismo efectivo de solución de controversias. El Proyecto de Ley surge frente a lo sucedido con Rodolfo Orellana y tiene como objeto darle mayor seguridad al arbitraje. Sin embargo, para tales fines, propone -entre otros- la creación de una segunda instancia arbitral. Sobre eso es que trata el presente artículo.

Consulta Legal: ¿Cuándo procede un desalojo?

Cuando uno piensa en el desalojo lo primero que tiene que evaluar es por qué quiere que se desaloje a alguien respecto de un inmueble; lo cual implica que se tiene que ver la condición en la que se encuentra esta persona. El primer supuesto es si esta persona se encuentra en posesión del bien porque se lo autoricé bajo un contrato de arrendamiento. Una vez que este contrato vence, o que no se paga la renta, se pide la devolución del bien. El segundo supuesto se da cuando un tercero ocupa el bien sin autorización o vínculo jurídico entre quien tenía derecho de poseer la casa y quienes la están poseyendo actualmente. Si no se devuelve el bien voluntariamente, se dispone el desalojo. Esto implica remover todos los bienes de quien se desaloja del inmueble, sacar a quien se busca desalojar, y a quienes se encuentren alrededor de él.