23 de agosto de 2015

Editorial: La nueva ley de las “narcoavionetas”

El pasado jueves 20 de agosto, el Congreso de la República aprobó con 89 votos a favor la ley de control, vigilancia y defensa del espacio aéreo peruano. La norma aún no ha sido publicada en el Diario El Peruano, no obstante ya se ha sido motivo de diversas opiniones debido a que faculta a la Fuerza Aérea del Perú (FAP) derribar las aeronaves que recaigan en la “sospecha razonable” de estar involucradas en tráfico ilícito de drogas. Al respecto, el congresista Carlos Tubino y autor de la iniciativa, ha sostenido la necesidad de la norma ya que solo en el último año 180 toneladas de droga salieron de nuestro país por vía aérea y remarcó que la actual estrategia de destruir las pistas clandestinas no ha funcionado. Sin perjuicio de que los argumentos que respaldan esta iniciativa legislativa sean totalmente válidos, no resulta menos irrelevante preguntarnos: ¿Es proporcionada la medida del derribo de avionetas bajo la sospecha de tráfico ilícito de drogas? ¿Cuáles son los criterios o estándares para analizar la validez del uso de la fuerza? ¿Un mal uso de esta facultad por las FAP no podría generar consecuencias perjudiciales? En el presente editorial analizaremos y responderemos estas interrogantes.

Enfoque de la Semana: 16 al 22 de agosto

El Pleno del Congreso de la República aprobó, por mayoría, este jueves el proyecto de ley, iniciado por el legislador Fernando Andrade, que propone una serie de medidas para eliminar el “voto golondrino”, con el propósito de evitar que se altere la voluntad de los ciudadanos en un proceso electoral. Con la aprobación de esta ley, ahora existe un marco normativo que establece la obligatoriedad de los ciudadanos a actualizar su real domicilio en su Documento Nacional de Identidad (DNI) en un plazo determinado, 90 días antes de los comicios; y, además, faculta al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC) a fiscalizar tal declaración.