2015

Enfoque de la Semana: 07 al 13 de Junio

Esta semana, las principales noticias con contenido jurídico son: 1) Grupo de Trabajo de la ONU presenta 10 conclusiones sobre las desapariciones forzadas en Perú, 2) Se declaró fundado en parte el Hábeas Corpus de Nadine Heredia, 3) La Comisión de Justicia y Derechos Humanos aprueba la Unión Solidaria, 4) Ejecutivo evalúa emitir decretos de urgencia en materia económica y seguridad ciudadana, 5) Gobierno creará nueva entidad de acreditación universitaria y cerrará el Sineace.

Nuestras Firmas: Entrevista a Enrique Pasquel

Yo postulé a Themis porque quería tener la oportunidad de hacer algo distinto que solamente estudiar Derecho. La revista te daba la oportunidad de hacer un montón de actividades sumamente interesantes. Era la oportunidad de explorar varias cosas.

Del amparo de Alan al hábeas corpus de Nadine: ¿Tan difícil es investigar?

Toda persona que ejerce un cargo público, directa o indirectamente, debe estar sujeta al escrutinio público. No solo eso; si existen dudas sobre la licitud de su conducta debe ser investigada. Cuando el asunto es de interés público el Congreso puede designar una Comisión Investigadora y, si hay indicios de delito, el Ministerio Público debe intervenir. Se trata de investigar, no sancionan ni condenan a nadie. Se limitan a investigar y, en su momento, cuando haya convicción, a denunciar. Sin embargo, en los últimos tiempos estamos viendo cómo se acude a los procesos de amparo y de hábeas corpus para impedir investigaciones en marcha o pretender archivarlas. ¿Una judicialización de la política? ¿Una interferencia judicial?

Viajando a Taured: Contratación pública y competencia desleal

En 1954, llegó al Aeropuerto Internacional de Tokio un pasajero de Europa. Todo parecía normal, sin embargo, llamó la atención de las autoridades niponas su pasaporte, era de un país que no existe en este mundo llamado “Taured”, al ser cuestionado afirmó que estaba en Japón por negocios y que no era la primera vez que iba. El pasaporte parecía auténtico, de hecho, los sellos de ingreso a Japón coincidían con los usados en ese país.

El precedente vinculante en el caso Huatuco: Entrevista a César Landa

En el caso Huatuco Huatuco, el TC establece como precedente vinculante en materia laboral del sector público que los procesos de reposición de empleados de este sector deben ser declarados improcedentes cuando se verifique que el demandante no ha ingresado por concurso público a una plaza presupuestada y no existe una vacante de duración indeterminada. En estos casos, el proceso se reconducirá a la vía ordinaria para que el demandante pueda solicitar la indemnización que le corresponda.

Entrevista a Abraham Siles: Estado de emergencia en Islay

El estado de emergencia es una de las formas de régimen de excepción previstas en la Constitución, pues supone que haya una situación de anormalidad constitucional. En realidad, la exigencia para que pueda aplicarse el estado de emergencia es que haya una amenaza existencial contra el Estado. El artículo 137, inciso 1, de la Constitución estipula las causales, que son: perturbación de la paz o del orden interno, catástrofe o graves circunstancias que afecten la vida de la Nación. En cualquiera de estas causales tiene que estar afectada la vida la nación para que exista legitimidad constitucional en la proclamación del estado de emergencia.

Editorial: Nuevo precedente del TC: las dos caras de la moneda

El pasado lunes 2 de junio, el Tribunal Constitucional emitió la sentencia 0057-2013-PA/TC, donde declaró infundado el proceso de amparo interpuesto por la Sra. Rosalía Huatuco Huatuco, quien alegaba haber sufrido un despido arbitrario y solicitaba su reposición al puesto de secretaria judicial. Asimismo, y de conformidad con el artículo VII del Título Preliminar del Código Procesal Constitucional, estableció como precedente vinculante que solo procederá la reposición laboral a plazo indeterminado por desnaturalización de un “contrato temporal” o “contrato civil” cuando el demandante haya ingresado por concurso público de méritos a una plaza presupuestada y exista una vacante de duración indeterminada. ¿Cuál es el problema de fondo que intenta resolver la sentencia? ¿Este nuevo precedente realmente lo soluciona? Esto es lo que buscaremos analizar en el presente editorial.