2015

Cuando la teoría falla: el Ejecutivo es el principal emisor de normas legales (de seguridad ciudadana)

Por César Bazán Seminario, coordinador del área de Seguridad Ciudadana del Instituto de Defensa Legal (IDL). Antes que el Perú fuera una república, Charles Louis de Scondat, Señor de la Brède y Barón de Montesquieu escribió en la Europa del siglo XVIII el Espíritu de las Leyes, trabajo en el cual postuló la teoría de la separación de poderes. Uno de los puntos de esa teoría atribuye al Parlamento la labor de legislar, es decir, dictar las leyes que regirán la vida de las personas en una democracia. Hoy, en el año 2015 debemos decir con certeza que, al menos en seguridad ciudadana durante el gobierno de Ollanta Humala, la teoría falló. ¿Quién legisla en seguridad ciudadana? Durante el quinquenio

Entrevista a Paula Siverino: Caso Artavia Murillo y otros vs. Costa Rica

ED: ¿Cómo llega este caso a la Corte Interamericana de Derechos Humanos? En líneas generales, ¿de qué trata? PS: En Costa Rica, el Decreto Ejecutivo No. 24029-S del 3 de febrero de 1995, emitido por el Ministerio de Salud, autorizaba la práctica de la fecundación in vitro (FIV) para parejas casadas, regulando de manera muy estricta su ejecución. La FIV fue practicada en Costa Rica entre 1995 y 2000 y si bien la regulación era muy conservadora, la técnica fue declarada inconstitucional por la Sala Constitucional de Costa Rica el 15 de marzo de 2000, entre otros argumentos por entender que la práctica de la FIV “violenta la vida humana” al colocar a los embriones en un riesgo desmesurado de muerte.

El propósito de la imitación

En columnas anteriores expliqué que todos los operadores jurídicos tendemos a imitar a nuestros pares. En la presente oportunidad esbozaré las razones por las que ello sucede. La comparación jurídica sostiene que las principales razones[1] para la imitación se centran en: I. Ahorro de costos. Se imita porque se reduce el tiempo y los costos anexos a la formulación de soluciones. Crítica: Aunque acepto que existe un ahorro de costos ligado a la creación (costos ex ante), sospecho que en el agregado no siempre se replicará el mismo efecto. La imitación tiende a no valorar los costos de enforcement[2] del producto importado y los previsibles costos que se generarán entre el producto importado y el resto del sistema (costos ex

Entrevista a José Ugaz sobre la sentencia del caso Alberto Fujimori

Continuando con la #SemanaDeLasSentencias, Enfoque Derecho entrevista a José Ugaz, presidente de Transparency International y autor del libro Caiga quien Caiga, sobre la famosa sentencia que condenó al ex presidente Alberto Fujimori a 25 años de prisión.

"Carril derecho cerrado"

Por Ronnie Farfán Sousa. Profesor de Derecho Administrativo de la Facultad de Derecho de la Universidad del Pacífico y de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Haga la prueba. Maneje un auto -o déjese llevar en él- durante un momento, por cualquier distrito de Lima. Recorra un poco las calles y cuando se encuentre detenido, mire su reloj. Comprobará que no han pasado más de diez minutos hasta que tuvo la desgracia de encontrarse con un camión que procesa cemento en medio de la pista, un espacio de la vía cercado o simplemente un vehículo con material de construcción estacionado en medio de un carril, a veces también una grúa. Todo porque alguien con la finalidad, y el legítimo

Matrimonio igualitario en EE.UU: Caso Obergefell y otros v. Hodges, Director, Ohio Departament of Health y otros

En el marco de la #SemanaDeLasSentencias , Enfoque Derecho entrevista a Elena Alvites, profesora de Derecho de la PUCP y especialista en Derecho Constitucional, sobre la sentencia emitida por la Corte Suprema de Estados Unidos que legaliza el matrimonio igualitario. ED: ¿En qué consiste la Sentencia que reconoce el matrimonio homosexual en Estados Unidos y cuáles son los principales argumentos empleados por los jueces?¿Cuál es su postura al respecto? EA: La sentencia de la Corte Suprema Norteamericana acoge el pedido de 14 parejas homosexuales, además de dos hombres que habían estado casados y cuyos cónyuges habían fallecido, y buscaban el reconocimiento de dicha unión por parte del Estado de Ohio, que se negaba a reconocer los derechos derivados del vínculo matrimonial. Ante dicho

La importación de productos jurídicos

Por Renzo E. Saavedra Velazco. Abogado por la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP). Magíster en Derecho de Empresa y Doctorando en Derecho. Profesor de Análisis Económico del Derecho (AED) y Derecho Civil.  Las personas y las sociedades enfrentan necesidades de diverso cariz. Así, existen necesidades que se sustentan en las peculiaridades de cada persona o sociedad y existen otras necesidades que se presentan con prescindencia de estas características. Las necesidades del primer orden serán heterogéneas y las segundas serán homogéneas. Lo dicho es fundamental porque las soluciones formuladas para las necesidades heterogéneas son ad hoc y, por extensión, no suelen ser adecuadas para aquellas personas o sociedades que no presentan tales peculiaridades. En cambio, las soluciones formuladas para las necesidades

Editorial: China y la política del hijo único

Luego de más de tres décadas de aplicación de la política del único hijo, el gobierno de China anunció la semana pasada que, de ahora en adelante, las familias que lo deseen podrán tener dos hijos. A propósito de ello, el presente editorial analizará la relación entre la política de planeamiento familiar y la validez de la misma, tomando en cuenta los límites que ello supone a los derechos reproductivos de las personas.