10 de febrero de 2016

Autopurificación jurisprudencial en Indecopi: controlando medidas correctivas como barreras burocráticas.

En el marco de un procedimiento iniciado por la presunta infracción a las disposiciones contenidas en el Código de Protección y Defensa del Consumidor, la autoridad cuenta con la facultad de, entre otras cosas, ordenar que el proveedor cumpla con ciertas medidas correctivas. Así, si usted denuncia que una determinada empresa le efectuó un cobro indebido –por ejemplo, por cien soles- y resulta vencedor, Indecopi no solo sancionará a la empresa sino que también ordenará que se abstenga de cobrar el monto aludido o, si ya lo hubiera cobrado, ordenará la devolución del mismo. No es el momento para hacer un análisis detenido respecto de la configuración de estas medidas correctivas. Debe señalarse, eso sí, que la redacción de algunas

Cómo ser contribuyente del IGV y no morir en el intento: Reflexiones sobre el derecho al crédito fiscal

Por Juan Manuel Salazar, Socio del Estudio Payet, Rey, Cauvi, Pérez Abogados y Renzo Grandez, Asociado del Estudio Payet, Rey, Cauvi, Pérez. Imaginémonos por un momento, la siguiente situación hipotética: La empresa “A” desea adquirir un activo determinado de un proveedor. Este activo puede ser un vehículo, un equipo o una máquina. Elija usted. Dicha adquisición generará que la transferencia del proveedor hacia la empresa “A” se afecte con el IGV correspondiente, por lo que el precio de venta estará conformado por el valor del bien más el 18% del IGV, importe que deberá ser desembolsado por la empresa “A” en favor del proveedor. Por razones reguladas en una relación contractual independiente, la empresa “A” ha acordado con un tercero (la empresa