23 de septiembre de 2016

Documentos fraudulentos en el registro y las prerrogrativas de los afectados

Por el Mg. Gilberto Mendoza del Maestro, profesor de Derecho Civil en la PUCP. El registro tiene el fin, desde su creación, de proteger la seguridad del tráfico (Verkehrsicherheit), lo cual ha sido reconocido en el numeral 3 de la Ley de Creación del Sistema Registral. Lamentablemente, en nuestro medio esta protección se ha ido relativizando por los graves problemas de fraude inmobiliario, los cuales expusieron las deficiencias de nuestro sistema de transmisiones inmobiliarias, y que lamentablemente la SUNARP no supo afrontar. No obstante ello, revisaremos en el presente post las prerrogativas que tienen los titulares registrales cuando les afecta un caso de suplantación o falsificación de documentos sobre sus bienes inscritos. El principio de legitimación y la falsedad documental