El principio de informalismo en sede registral
Por Gilberto Mendoza del Maestro, Profesor de Derecho Civil en la PUCP y Doctorando en Derecho. En el ámbito registral hemos importado gran parte de la estructura y figuras registrales de la Ley Hipotecaria Española, pero que viene siendo reinterpretado por otras materias como Negocio Jurídico, Derechos Reales y Derechos de las Obligaciones. En el caso concreto de los principios registrales, estos no se reducen a los regulados en el Reglamento General de los Registros Públicos, sino que también se extienden a otros que se encuentran regulados, por ejemplo, en la Ley General de los Procedimientos Administrativos. Las diversas resoluciones del Tribunal Registral nos han dado insumos para comentar en esta ocasión el denominado principio de informalismo, lo cual haremos
