17 de febrero de 2017

¿Cuán cierto es que el negocio jurídico nulo no produce efectos jurídicos en el Perú?

Por: Walter Vásquez Rebaza, abogado y profesor de Derecho Contractual en la PUCP, y Asociado en Philippi, Prietocarrizosa, Ferrero DU & Uría Probablemente la interrogante planteada ameritaría un rotundo totalmente cierto como respuesta. Y es que en nuestro medio se encuentra firmemente arraigada la creencia de que un negocio jurídico nulo es incapaz de producir efecto jurídico alguno. Tan es así que el IX Pleno Casatorio, que según la legislación procesal resulta vinculante para los órganos jurisdiccionales a nivel nacional, ha llegado a sostener de manera contundente lo siguiente: “(i) el negocio nulo no produce efectos (…); (ii) el negocio nulo no precisa de una sentencia para no producir efectos (sentencia meramente declarativa) (…)[1].” Con ocasión a ello, resulta pertinente

Entrevista a Alberto de Belaunde sobre su labor legislativa en el presente año

Enfoque Derecho conversó con Alberto de Belaunde sobre la canalización de sus propuestas presentadas en época de campaña electoral y sus nuevos proyectos próximos a presentarse ante el Parlamento. Enfoque Derecho: ¿Qué rescata de su labor como congresista en lo que va de su gestión? Alberto de Belaunde: Mi agenda en el Congreso ha sido desde el día 1, tanto a nivel legislativo, de fiscalización y de representación, los temas de Derechos Humanos y de reformas institucionales. En el ámbito de lo primero, en lo que refiere a población LGTBI, hemos presentado junto con el Congresista Bruce el proyecto de Unión Civil. Lo ahora corresponde es hacer seguimiento e impulsar su aprobación, primero a nivel de Comisión de Justicia, y