[Entrevista] Gustavo Zambrano sobre el artículo 149º de la Constitución a la luz del Pluralismo Jurídico
Como parte de nuestra Semana Intercultural, Enfoque Derecho conversó con Gustavo Zambrano, profesor de la Facultad de Derecho de la PUCP y especialista en antropología jurídica y derechos de los Pueblos Indígenas, sobre los alcances del artículo 149º de nuestra Constitución Política, a la luz del concepto de Pluralismo Jurídico. Enfoque Derecho. ¿Desde la perspectiva del Pluralismo Jurídico qué implica el artículo 149° de la Constitución Política del Perú? Gustavo Zambrano. Como primer punto, el pluralismo jurídico no se restringe solo a las comunidades. El Pluralismo Jurídico establece el reconocimiento de sistemas jurídicos que coexisten y compiten en un espacio. Entonces, podríamos hablar de clubes, mafias, el sistema internacional de derecho. Por tanto, lo que hace el artículo 149°
