
¿Es constitucional la exigencia del 4% del padrón electoral para la inscripción de un partido político?
Por Juan Carlos Ruiz Molleda, abogado por la PUCP, coordinador del área de Litigio Constitucional del Instituto de Defensa Legal y especialista en los derechos de los pueblos indígenas. En estos momentos se exige las firmas del 4% del padrón electoral para la inscripción de los nuevos partidos políticos. Sin embargo, esta exigencia solo se aplica a las nuevas agrupaciones políticas que quieren inscribirse pero no a las actuales, que se inscribieron en su momento con el requisito de solo 1% del padrón electoral. Sobre el particular debemos de manifestar lo siguiente: En principio, el Congreso, como consecuencia de su legitimidad democrática, es decir, ser el titular de la representación nacional, tiene la facultad de libre configuración de las normas constitucionales. Sin
