El Colegio de Abogados de Lima como Administración Pública: A propósito de la Comisión Odebrecht y la resolución de la Comisión de Barreras Burocráticas del Indecopi
Por: Alexis Luján, bachiller en Derecho por la Pontificia Universidad Católica del Perú y miembro del Grupo de Investigación sobre Ética y Responsabilidad Profesional del Abogado desde 2012. Miembro Extraordinario de IUS ET VERITAS. ¿Puede el Colegio de Abogados de Lima (CAL) investigar a los abogados, tanto internos como externos, así como a los árbitros, que facilitaron las supuestas actuaciones ilícitas de Odebrecht y demás empresas constructoras brasileras en el Perú? ¿Puede sancionarlos? De ser así, ¿de dónde derivan dichas potestades? ¿Actúa el CAL como Administración Pública al ejercerla? ¿Su actuación está sujeta al Derecho Público? A raíz de las investigaciones a la mencionada multinacional brasileña, muchas personas vienen formulándose éstas y otras preguntas con relación al control disciplinario de la
