28 de diciembre de 2017

Control Constitucional del Indulto

Por: César Landa, ex Presidente del Tribunal Constitucional y profesor en la Facultad de Derecho de la PUCP El debate público entorno al indulto otorgado por el Presidente Kuczynski al ex Presidente Alberto Fujimori (Resolución Suprema N° 281-2017-JUS) el pasado 24 de diciembre, tiene dos vertientes de análisis: una política y otra jurídica. Por la primera, la política, se señala que el Presidente de la República goza de la atribución de ejercer el derecho de gracia para otorgar indultos y conmutar penas (art. 139-13, Constitución Política). En virtud de lo cual, un sector de la opinión pública señala que esta es una competencia del Presidente sujeta exclusivamente a su voluntad política, que sirve a la pacificación de la tensa relación