octubre 2018

Parranda regulatoria

Oscar Sumar, director de Regulación Racional y doctor en Derecho por UC Berkeley. De un tiempo a esta parte, se ha vuelto una costumbre que cada semana el Congreso o reguladores nos sorprendan con una nueva gran idea de regulación. Estas normas –supuestamente- nos benefician como consumidores; pero, en realidad, nos quitan alternativas y le restan dinamismo al mercado. Algunas de estas nuevas “grandes ideas” incluyen: Establecer que el cobro de los estacionamientos sea por minuto y no por hora. Se dice que cobrarte por hora implica que muchas veces se cobre de más (injustamente). ¿Cuál es la racionalidad detrás de cobrar por hora y no por minuto? No es muy difícil darse cuenta que –principalmente- se debe a que

Poder que tiende a corromper

Por: Cristina Gonzáles, miembro del Consejo Editorial de Enfoque Derecho “Power tends to corrupt and absolutely power tends to corrupt absolutely”. Ya a mediados del siglo XIX el historiador y político inglés, Lord Acton, convertía en famosa una frase que sin haber dejado de tener fuerza hoy y que, por el contrario, resulta verificable sin mayor diligencia, genera la necesidad, una vez más, de una mirada crítica al poder. El ordenamiento jurídico ha sido cuestionado a lo largo de los años, uno de los momentos cruciales que condujo al cambio de paradigma fue los crímenes realizados durante la Segunda Guerra Mundial. La defensa de funcionarios públicos y detentadores de poder señalando el cumplimiento de la ley y el alcance que

Agenda Legal del 24 al 30 de Setiembre

Proyecto de ley N° 03467/2018-CR Título: LEY QUE MODIFICA LOS ARTÍCULOS 41 Y 62 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ Sumilla: Propone modificar los artículos 41 y 62 de la Constitución Política del Perú, con el fin de fortalecer la lucha anticorrupción. En ese sentido, la ley establece la responsabilidad de los funcionarios y servidores públicos, y regula el plazo de su inhabilitación temporal o permanente para la función pública. Grupo parlamentario: Alianza por el Progreso Link: http://www2.congreso.gob.pe/Sicr/TraDocEstProc/CLProLey2016.nsf/641842f7e5d631bd052578e20058a231/c659144f8c4099fc052583160079ed2c?OpenDocument Proyecto de ley N° 03465/2018-CR Título: LEY DE REFORMA CONSTITUCIONAL DEL ARTÍCULO 140 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA Sumilla: Propone modificar el artículo 140 de la Constitución Política, a fin de establecer los alcances de la pena de muerte. Es decir, la pena

Actividad probatoria a propósito de los estándares probatorios en el proceso penal

Por: Paúl Iriarte, abogado por la Universidad Alas Peruanas. El proceso penal para que sea un proceso cognoscitivo descansa sobre la base de un principio rector que es el principio contradictorio. Por ende, a este principio se sirve el de inmediación, el principio de la oralidad, por tanto, ese contradictorio en un contexto de publicidad es lo que legitima un proceso y los estándares medios de estos principios configuran el proceso común. De modo tal que, cuando estos principios se van enervando o configurando en función de otras necesidades no es que los principios vayan a desaparecer, ergo, se modulan en algunos por la simplicidad del caso, en otros porque ya se tiene información como el caso de la colaboración

Enfoque Semanal del 22 al 30 de setiembre

  Acusación constitucional a César Hinostroza. El pasado viernes 28 de setiembre, la Comisión Permanente del Congreso analizó la acusación e investigación al juez César Hinostroza por delitos artículos 39, 44, 138, 146, 139.2 y 139.3 de la Constitución y el artículo 317 (organización criminal) del Código Penal. Al respecto, la Comisión identifica a Hinostroza, por unanimidad, por presuntos delitos de patrocinio ilegal, tráfico de influencias y negociación incompatible. Asimismo, se estipula de destitución del magistrado y la inhabilitación por de 10 años de función pública. Con la decisión de la comisión permanente, en donde los votos en contra fueron 18 (pertenecientes a la bancada fujimorista), se impide la acusación al juez Hinostroza por el delito del art. 317, imposibilita

Un congreso partidario: el caso Hinostroza

El pasado viernes 21 de septiembre, la Comisión Permanente del Congreso de la República analizó la acusación constitucional contra César Hinostroza por quebrantar diferentes artículos de la Constitución y por el delito configurado en el artículo 317° del Código Penal correspondiente a organización criminal. Si bien se aprobó la destitución e inhabilitación de César Hinostroza, la Comisión Permanente decidió, por mayoría fujimorista, excluir la acusación por el delito de pertenecer a una organización criminal, uno de los ejes centrales de las investigaciones del Ministerio Público sobre el caso de “Los Cuellos Blancos del Puerto”. Sobre el proceso de acusación constitucional, el artículo 99° de la Constitución regula que la Comisión Permanente del Congreso se encuentra facultada para realizarla ante el