
La impugnabilidad de acuerdos societarios
Joe Navarrete, asociado del estudio Payet, Cauvi, Rey, Pérez & Abogados. La impugnabilidad: idea general La idea base que nos debe guiar, cuando abordamos el presente tema, es tener presente lo que de manera acertada señaló hace unos años atrás el maestro ELÍAS LA ROZA: “(L)as reglas generales establecidas en nuestro ordenamiento jurídico para velar que las manifestaciones de voluntad se ajusten al mismo –nulidad y anulabilidad del acto jurídico- resultan por sí solas insuficientes para el caso de las sociedades, debido a que la formación de la voluntad en estas personas jurídicas se produce a través de un mecanismo complejo que opera con reglas muy concretas, así como por los múltiples intereses en juego cuando se discute la nulidad
