
La extracción de materiales ubicados en los álveos o cauces de los ríos
Hugo Sarria, asociado del área de Administrativo del estudio Rodrigo, Elías y Medrano Abogados La Ley N° 26737 estableció que la explotación de los materiales que acarrean y depositan las aguas en los álveos o cauces de los ríos debía ser controlada y supervigilada por la Autoridad de Aguas (órgano conocido en la actualidad como Autoridad Nacional de Agua). Dicho control surge por la necesidad de contar con acciones de descolmatación de los ríos para restituir su cauce y respetar las obras hidráulicas y las riberas de éstos. La norma en mención precisó, además, que la Autoridad de Aguas era la entidad competente tanto para el otorgamiento de los permisos de extracción de materiales, sujetos a las condiciones que en
