17 de mayo de 2019

Breves apuntes sobre el tratamiento tributario de los Fondos Mutuos de Inversión en Valores

Eduardo Pedroza Añorga, abogado por la Pontificia Universidad Católica del Perú y asociado de Miranda & Amado Abogados. En una entrada anterior, hicimos una revisión general del tratamiento tributario de los Fondos de Inversión constituidos en el Perú, teniendo en cuenta que los mismos son considerados como transparentes para efectos del Impuesto a la Renta (“IR”), por lo que los contribuyentes del referido impuesto serán sus partícipes. En dicha oportunidad, nos enfocamos especialmente en el tratamiento tributario de los Fondos de Inversión en Renta de Bienes Inmuebles -también denominados “FIRBIs”-, los cuales revisten un tratamiento tributario más beneficioso, principalmente, para las personas naturales que inviertan en ellos. En el presente artículo, nos referiremos al tratamiento tributario de los Fondos Mutuos

La eliminación de la inmunidad parlamentaria

César Landa, ex presidente del Tribunal Constitucional y profesor de Derecho Constitucional en la PUCP. En el actual contexto político del Perú y los diversos casos de corrupción que se han evidenciado en los últimos años, es de vital importancia analizar una de las instituciones clásicas del derecho parlamentario como es el caso de la inmunidad de los congresistas de la república, en el marco de la lucha nacional e internacional contra la corrupción. Recientemente, el uso abusivo de esta institución por diversos congresistas ha demostrado nefastas consecuencias, pues ya no es utilizada como una garantía frente a las presiones políticas externas -que podrían buscar intimidar a los congresistas en el ejercicio de sus funciones-,sino, por el contrario, su empleo