
Responsabilidad solidaria por la adquisición de activos ¿ilimitada?
Por Pablo Sotomayor Hernández, socio del estudio Miranda & Amado y miembro del Instituto Peruano de Derecho Tributario – IPDT De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 7° del Código Tributario, un «deudor tributario» es la persona obligada al cumplimiento de la prestación tributaria como contribuyente o responsable. Por su parte, el artículo 8° del mismo cuerpo legal señala que es «contribuyente» aquél que realiza, o respecto del cual se produce el hecho generador de la obligación tributaria, mientras que el artículo 9 dispone que es «responsable» quien, sin tener la condición de contribuyente, debe cumplir la obligación atribuida a éste. A partir de las regulaciones antes referidas, el Código Tributario establece una serie de supuestos de responsables -a
