
Los Pueblos Indígenas en Situación de Aislamiento y su derecho a la propiedad sobre sus tierras
Por Maritza Quispe Mamani, abogada del Instituto de Defensa Legal. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en adelante CIDH), ha establecido que los pueblos indígenas en aislamiento voluntario y contacto inicial (en adelante PIACI) son titulares de derechos humanos, los cuales deben ser protegidos de una manera muy especial, debido a que estos pueblos se encuentran en una situación única de vulnerabilidad, por lo que no pueden abogar por sus propios derechos. La protección de estos pueblos debe darse dentro de un marco que respete plenamente sus derechos a la libre autodeterminación, la vida e integridad física, cultural y psíquica de los pueblos y sus miembros, a la salud, y a sus derechos sobre la tierra, territorios y recursos naturales

