Por Enfoque Derecho

1. Poder Judicial revoca prisión preventiva de Castañeda Lossio 

El pasado 5 de marzo, el Poder Judicial revocó la prisión preventiva de 24 meses por arresto domiciliario a Castañeda Lossio como parte de la investigación por el caso Odebrecht. Esto debido a que se alegó el mal estado de salud del procesado.  Por lo cual, deberá seguir el proceso en su contra por los delitos de asociación ilícita para delinquir, colusión agravada y lavado de activos agravado en su domicilio. 

Además, se le impuso el pago de la caución de S/ 100 000 en un plazo de 72 horas. 

Asimismo, se le prohibió mantener comunicación con los co-imputados en el proceso, los testigos y los peritos que el Ministerio Público cite para fines de investigación; así como no brindar declaraciones a la prensa. Tampoco podrá realizar reuniones en el lugar donde llevará a cabo su arresto domiciliario y actividades políticas.

De no cumplir con el pago de la caución y las prohibiciones, de acuerdo al artículo 290, inciso 5 y 6  del Código Procesal Penal, se revocará la cesación de la prisión preventiva. 

Por otro lado, se confirmó comparecencia con restricciones a José Luna Gálvez y a Giselle Zegarra Flores 

Fuentes recomendadas:


2. Es capturado el menor de edad, que secuestró y asesinó a una niña de 4 años

En la semana, se denunció la desaparición de una menor de 4 años en el distrito de la Independencia. Tras revisar las cámaras de seguridad, se pudo observar que un menor de 15 años, quien luego fue identificado por su madre, se la llevaba en los brazos.

Al realizarse la denuncia, se encontró el cuerpo de la menor, quie había sido violada y asesinada. Al día siguiente, el menor agresor sería encontrado en los alrededores del Mercado de Frutas en La Victoria. 

Ante los hechos, el agresor al ser menor de edad no habría cometido un delito, sino una infracción a la ley penal. Por lo cual, de acuerdo al Código de Responsabilidad Penal de Adolescente, la sanción que le corresponde es de 6 a 8 años de internación en un centro juvenil por ser menor de 16 años y haber realizado el supuesto de violación sexual de menor de edad seguida de muerte. Además, el caso sería visto por un juez de familia y no penal, ya que se tiene como fin velar por el interés superior del menor. Por lo tanto, se busca educarlo en lugar de sancionarlo. 

Fuentes recomendadas:


3. Se declara procedente extradición de Alejandro Toledo y Eliane Karp

La Corte Suprema declaró procedente la extradición activa de Alejandro Toledo y Eliane Karp por el caso Ecoteva. 

Las resoluciones consultivas serían enviadas a la Cancillería para que sea remitida al Consejo de Ministros. Este último se encargará de aprobarlos para que sean enviados a los canales correspondientes. 

La extradición activa, de acuerdo al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, es cuando el Estado peruano solicita a otro país la entrega de un procesado o de un condenado. 

La extradición sería parte del proceso en contra de los mencionados por el presunto delito de lavado de activos en modalidad agravada en el caso Ecoteva. Según el artículo 3 de la Ley Penal contra el Lavado de Activos, la pena que le correspondería sería entre diez a veinte años y trescientos sesenta y cinco a setecientos treinta días multa. En el presente caso, la fiscalía solicitó 16 años y ocho meses de cárcel.

Fuentes recomendadas: 


4. Coronavirus: especulación en venta de productos de primera necesidad es un delito 

Tras confirmarse los primeros casos de Coronavirus en el Perú, el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) advirtió a las farmacias y otros establecimientos que la especulación de precios de productos de primera necesidad es un delito. 

Además, informó que seguirá monitoreando a los proveedores de los diferentes sectores económicos para que proporcionen “información veraz, oportuna y relevante”, por lo cual verificará que no se le atribuyan características falsas a los productos, por ejemplo, las mascarillas.

La especulación tiene como pena privativa de libertad entre 1 a 3 años y con noventa a ciento ochenta días-multa cuando se ponga en venta productos de primera necesidad a precios superiores a lo establecido por la autoridad competente, según el artículo 234 del Código Penal.  

Fuentes recomendadas:


5. Jueza anunciará su decisión, el día de hoy, sobre prisión preventiva de Yehude Simon

Hoy, domingo 8 de marzo, a las 6 pm la jueza Álvarez Camacho del Primer Juzgado Nacional de Investigación Preparatoria de la Corte Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios se pronunciará respecto a la prisión preventiva en contra de Yehude Simon y de Pablo Salazar- ex gerente del Proyecto Olmos.

El ex congresista y ex gobernador regional de Lambayeque, Yehude Simon, es investigado por los presuntos delitos  de colusión y lavado de activos. El primero se encuentra tipificado en el artículo 384 del Código Penal y el segundo en el artículo 3 de La Ley Penal contra el Lavado de Activos. 

La fiscalía ha solicitado 36 meses de prisión preventiva en contra de los mencionados. Para ello, el Ministerio Público ha afirmado que existe peligro procesal en base a los mensajes de texto entre Simon y Salazar donde tratan de persuadir a un co-imputado para que declare a su favor. Por lo cual se cumpliría con uno de los presupuestos de la prisión preventiva- peligro de obstaculización- que se encuentra tipificado en el artículo 270 del Código Procesal Penal y en el caso en específico, con el inciso 2 que versa sobre influir a co-imputados para que informen falsamente. 

Fuentes recomendadas:

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí