25 de marzo de 2020

¿Una deuda que no es deuda?: Las acciones redimibles

Por Amaranta Chuquihuara, asociada de Garrigues (Perú) Las acciones redimibles son concebidas como una alternativa a los instrumentos financieros flexibles, en tanto la finalidad de su emisión radica en obtener financiamiento para la sociedad mediante la captación de recursos líquidos y, de esta forma, solventar y mejorar el desempeño de sus actividades. El concepto de acciones redimibles fue reconocido a través del Companies Act de 1929, aunque se alude que su origen no fue tanto legislativo, sino fruto de la práctica societaria. Actualmente, las acciones redimibles son reconocidas expresamente por diferentes ordenamientos extranjeros. Si bien nuestra Ley General de Sociedades no ha tipificado a las acciones redimibles como una clase de instrumentos representativos del capital, no ha proscrito su utilización

Resoluciones tomadas fuera de Sesión de Directorio (durante el Estado de Emergencia)

Por Joe Navarrete, abogado por la UNMSM y asociado de Payet, Rey, Cauvi, Pérez Abogados. Introducción El domingo 15 de marzo de 2020, ante el avance del COVID-19 en la República del Perú, el Poder Ejecutivo dispuso, a través del artículo 1 del Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, declarar el Estado de Emergencia Nacional por “el plazo de quince (15) días calendario, y dispóngase el aislamiento social obligatorio (cuarentena), por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19” (el “Estado de Emergencia”). En el marco de lo anterior, se estableció que, durante el Estado de Emergencia, las personas únicamente pueden circular por las vías de uso público para la prestación y acceso a