31 de marzo de 2020

5 cosas que como trabajador debes saber del trabajo remoto

Por Cecilia Calderón y Milagros Villavicencio, abogadas por la PUCP con especializaciones de postgrado en temas de Derecho Laboral a nivel nacional e internacional. ¿Qué es el trabajo remoto? El trabajo remoto (TR) es la prestación de servicios subordinados que realizan los trabajadores que se encuentran físicamente en su domicilio o en algún lugar de aislamiento domiciliario durante la vigencia del Estado de Emergencia Sanitario establecido por el Gobierno (D.U. N° 026-2020-EF, D.S. N° 044-2020-PCM, D.S. N° 010-2020-TR y R.M. N° 072-2020-TR). ¿Qué implica el TR? ¿Es lo mismo que el teletrabajo?  El TR no es igual al teletrabajo, básicamente por 3 aspectos esenciales: El TR no necesita acuerdo con el trabajador, basta con la comunicación del empleador de la

El gran reto de las empresas posterior al Coronavirus

Por Ximena Schmiel Balarezo, asociada de García Sayán Abogados. Es un hecho que la pandemia generada por el COVID-19 marcará un antes y un después en la historia. El comportamiento humano en general cambiará y esto repercutirá profundamente en la manera que hacemos negocios. El reto está en todas las empresas, desde las que brindan servicios, pues deberán reducir las reuniones y directorios, hasta las que producen y brindan bienes. Un claro ejemplo son las empresas que usan una fuerza de ventas o “impulsadores [1]”, ya que deberán tener un metro y medio de distancia de su posible cliente o tener un plan de contingencia para el retraso de los insumos producto de esta crisis Esto nos lleva a cuestionarnos

COVID 19 y herramientas tecnológicas en el arbitraje

Por Jhoel Chipana Catalán, abogado por la Pontificia Universidad Católica del Perú, magíster en Enseñanza del Derecho por la Universidad de San Martín de Porres (USMP), socio fundador de Chipana & Moreno Abogados, árbitro en contratación estatal y comercial, y miembro fundador de Arbitration360° Estamos enfrentando una etapa en la que el Estado de Emergencia decretado por el Gobierno limita el ejercicio de una serie de derechos (entre ellos, el libre tránsito) y ello ha permitido tomar verdadera consciencia de los beneficios que la tecnología ofrece. Así, la coyuntura obliga a repensar el modelo y la forma en cómo se desarrollan una serie de actividades. En este comentario, voy a realizar un recorrido por diversas plataformas virtuales que pueden facilitar

La responsabilidad del proveedor en tiempos de Coronavirus: protección al consumidor en tiempos de crisis

Por Gustavo Rodríguez García, abogado por la PUCP, magíster por la Universidad Austral, doctorando en Ciencias Jurídicas por la Pontificia Universidad Católica de Argentina, y socio en Rodríguez García Consultoría Especializada; y Jennifer Lung Arámbulo, estudiante de derecho, asistente de docencia del curso de Derecho de la Competencia y asistente legal en Rodríguez García Consultoría Especializada . Vivimos momentos difíciles. Si bajo circunstancias normales el sistema legal se enfrenta cotidianamente a decisiones trágicas (Calabresi y Bobbitt, “Tragic Choices: the conflicts society confronts in the allocation of tragically scarce resources”, W. Norton & Company, 1978), imagínese la sensibilidad de las decisiones en momentos de crisis. Un consumidor esperaba la entrega de la vivienda que adquirió en el plazo establecido en el

Agenda Legal del 23 al 29 de marzo

1. Proyecto de Ley 04907/2020-CR Título: Ley sobre extinción especial de la pena en poblaciones carcelarias vulnerables para evitar que sufran los efectos del COVID-19  Sumilla: debido a la propagación del COVID-19, el presente proyecto de ley tiene como objeto la extinción anticipada de la pena de los reos primarios que no tengan un nuevo proceso por otro delito, que cuenten con un informe favorable de resocialización emitido por el INPE y que se encuentre dentro de la población vulnerable. Además, la persona interesada debe haber cumplido con al menos dos tercios de su condena bajo cualquier modalidad (efectiva o reducción de pena). Este beneficio no se aplica a los sentenciados por los delitos de terrorismo, narcotráfico, homicidio calificado, robo