5 de julio de 2021

Ni juntos ni revueltos, los Joint Ventures y el control de concentraciones empresariales

Teresa Tovar, socia del Estudio Echecopar, asociado a Baker & McKenzie International, presidenta del Comité de Compliance de la Cámara de Comercio Americana del Perú-AmCham y miembro del Comité Técnico de Normalización del Instituto Nacional de la Calidad (INACAL). Crosbby Buleje, abogado por la PUCP y asociado principal del Estudio Echecopar asociado a Baker & McKenzie International. Como es sabido, el 14 de junio de 2021, mediante la Ley No. 31112 (la «LCC«), entró en vigencia un nuevo sistema de control de concentraciones en el Perú, el cual establece un régimen general de aprobación previa de actos de concentración empresarial. Los actos de concentración comprendidos en esta norma son aquellos actos u operaciones que, superando los umbrales establecidos[1], impliquen una transferencia

Comparecencias en tiempos de pandemia: ¿flexibilidad o arbitrariedad?

Por Greta Monge del Valle, Asociada Senior del Estudio Rodrigo, Elías & Medrano Abogados Había una vez una diligencia llamada comparecencia, en la que los empleadores y trabajadores podían no solo presentar la información requerida por los inspectores de trabajo, sino también realizar algunas precisiones, explicar su posición sobre el tema sujeto a investigación, entre otros actos. Con la nueva normalidad, esta actuación parece estar desapareciendo. La sobrecarga procedimental y las restricciones ocasionadas por la pandemia han relegado estas diligencias, por lo que pasará algún tiempo antes de que los inspeccionados encuentren un espacio apropiado para exponer sus argumentos de defensa y tomar algún contacto con quienes emitirán las actas de infracción. Este artículo permitirá al lector conocer como se