13 de enero de 2022

La ejecución de laudos arbitrales extranjeros anulados: Apuntes y problemáticas en torno a la teoría de la deslocalización

Escrito por Fiorella Camizán Torres, investigadora del Observatorio Inmobiliario y Mercantil – OIM. Introducción El arbitraje internacional irremediablemente necesita la asistencia de las cortes nacionales para reconocer y ejecutar laudos extranjeros, siendo que sin ella, no se podría ejecutar el laudo contra los activos de la parte vencida en la arbitraje[2]. No obstante, existe incertidumbre respecto a si se puede ejecutar o no un laudo que ha sido anulado por las cortes judiciales del lugar de su sede. Ante ello, se tienen 3 posturas principales: a) la teoría del territorialismo, según la cual, si un laudo ha sido anulado por la autoridad competente del país donde se emitió, este cesa sus efectos y no puede ser ejecutado, b) la teoría