
¿Inexigencia de certificado negativo de catastro en inmatriculaciones o independizaciones de predios rurales?
Por Andrés Jonathan Vásquez Cuadra, abogado por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asociado del área Inmobiliario y Saneamiento de Tierras del Estudio Rubio Leguia Normand. Introducción La falta de reglamentación de la Ley N° 31145 (en adelante, la “Ley”), Ley de saneamiento físico legal y formalización de predios rurales a cargo de los Gobiernos Regionales, viene generando a nivel registral problemas en la calificación de los títulos referidos a inmatriculaciones o independizaciones de predios rurales, debido a que Ley al derogar el Decreto Legislativo 1089[1] y su Reglamento[2], dejó sin efecto las normas registrales que regulaban en sintonía con dichos instrumentos los requisitos para el inicio y la tramitación de los procedimientos administrativos referidos a inmatriculación y modificación física
