
El «nuevo» principio de responsabilidad proactiva y una de sus principales herramientas: La Evaluación de Impacto en la Protección de Datos Personales
Por Viviana Chávez Bravo, asociada principal del estudio Echecopar. Con la reciente entrada en vigencia del nuevo Reglamento de la Ley N° 29733, Ley de Protección de Datos Personales[1] -a fines del pasado mes de marzo-, no es poco lo que hemos oído hablar, entre otros temas, sobre la necesidad de designar a un Oficial de Datos Personales, así como la obligación de notificar incidentes de seguridad. Se tratan de cambios muy relevantes que deben ser relevados y discutidos para su debida implementación por parte de todas las organizaciones. No obstante, otro cambio vital que trajo consigo el nuevo Reglamento, y, sobre el que poco se ha hablado, es la incorporación del principio de responsabilidad proactiva dentro del listado de
