Damian Gonzales

¿Hemos aprendido la lección?: La Ley Pulpín contra la historia

En la historia de la civilización siempre han existido relaciones tensas entre el Derecho, la política, la economía y la sociedad. Ejemplos claro siempre son las promulgaciones de leyes polémicas, que causan reacciones de todo tipo en la sociedad. Sin ánimo de ir muy lejos, podemos recordar que la promulgación de la Ley del divorcio en el Perú, en los años 30, provocó la renuncia de José de la Riva- Agüero, quien era el Primer Ministro del momento.

¿Qué relación tienen Techito y la Ilustración? : Sobre la modernización en el Perú desde el Derecho

Seguramente, usted ha escuchado hablar sobre si la ley de la “unión civil no matrimonial” debe ser aprobada o no, para que las personas que no tienen garantizado un derecho puedan tener posibilidades igualitarias; como también debe haber escuchado sobre la nueva ley universitaria que se propone mejorar la calidad de los centros de estudios aplicando una serie de medidas. ¿No se ha puesto a pensar si estas dos leyes tienen algo en común? La Historia del Derecho tiene la respuesta: sí, tienen mucho en común, porque estas dos leyes se enmarcan dentro de una larga tradición que ha existido en nuestro país. ¿Cuál es?

La Historia del Derecho como actividad subversiva

La educación jurídica[1] en la mayoría de las Universidades peruanas, si es que no en todas, tiene un rasgo particularmente común: forma técnicos legales. Los jóvenes estudiantes de las distintas Facultades de Derecho son adiestrados en la selección de normas y en la aplicación de estas de acuerdo al caso planteado, de manera que estarán preparados para los casos que se les podrían presentar a lo largo de su carrera. En este momento, la Facultad deviene en un laboratorio, en donde se les muestra a los alumnos la fórmula (el trinomio caso-norma-aplicación) que se debe aplicar y luego egresan de estas Facultades creyendo que “saben Derecho” [2]. En este sentido, de acuerdo a esta educación, el egresado aplicará una determinada norma cuando sea pertinente, porque así lo exige la circunstancia. Cuando se trate de otra, evidentemente, aplicará otra norma, o tal vez una sentencia de observancia obligatoria, que en la práctica será como aplicar otra norma más. Y si se cambia la legislación, habrá que acomodarse a la nueva legislación en los casos que prevé. Esto podría darse per secula seculorum. Sin embargo, si de esto se tratara ser abogado, las Facultades de Derecho carecerían de sentido, porque para formarse solo haría falta un instructor que maneje la “técnica” (la elección de la norma a aplicar para el caso concreto) y podríamos obtener “abogados” como si se tratara de una producción industrial.