La educación jurídica[1] en la mayoría de las Universidades peruanas, si es que no en todas, tiene un rasgo particularmente común: forma técnicos legales. Los jóvenes estudiantes de las distintas Facultades de Derecho son adiestrados en la selección de normas y en la aplicación de estas de acuerdo al caso planteado, de manera que estarán preparados para los casos que se les podrían presentar a lo largo de su carrera. En este momento, la Facultad deviene en un laboratorio, en donde se les muestra a los alumnos la fórmula (el trinomio caso-norma-aplicación) que se debe aplicar y luego egresan de estas Facultades creyendo que “saben Derecho” [2]. En este sentido, de acuerdo a esta educación, el egresado aplicará una determinada norma cuando sea pertinente, porque así lo exige la circunstancia. Cuando se trate de otra, evidentemente, aplicará otra norma, o tal vez una sentencia de observancia obligatoria, que en la práctica será como aplicar otra norma más. Y si se cambia la legislación, habrá que acomodarse a la nueva legislación en los casos que prevé. Esto podría darse per secula seculorum. Sin embargo, si de esto se tratara ser abogado, las Facultades de Derecho carecerían de sentido, porque para formarse solo haría falta un instructor que maneje la “técnica” (la elección de la norma a aplicar para el caso concreto) y podríamos obtener “abogados” como si se tratara de una producción industrial.