
Infografía | Decreto Supremo N° 064-2020-PCM
Enfoque Derecho presenta la siguiente infografía sobre los alcances del Decreto Supremo N° 064-2020-PCM.
Directora: Joselyn Nicole Lira Lllalle || Consejo Editorial: Joseph Martell | Juan Carlos Alcántara | Josué Grados | Braulio Trebejo | Fiorella Huamani | Camila Trujillo | Cesar Valqui | Lucía Zúniga | Phiorela Berrocal

Enfoque Derecho presenta la siguiente infografía sobre los alcances del Decreto Supremo N° 064-2020-PCM.

El pasado 6 de abril, se publicó la sentencia en la que la Corte Interamericana de Derechos Humanos encontró a Perú responsable internacionalmente por la violación e derechos a la libertad e integridad personal, a la vida privada, a no ser sometida a tortura, a las garantías judiciales y a la protección judicial, en agravio de una persona LGBT. En ese sentido, Enfoque Derecho presenta la siguiente infografía sobre los aspectos más importantes de la referida sentencia.

Entrevista a Miguel Sánchez-Moreno, socio del Estudio Rosselló El 3 de abril del 2020, el Congreso aprobó el proyecto de ley que suspende el cobro de peajes a nivel nacional tanto para los peajes administrados por el Estado y por las empresas privadas (concesionarias). Tal disposición tendrá vigencia durante el Estado de Emergencia declarado a causa de la pandemia del COVID- 19. En ese sentido, Fanny Herrera, miembro del Consejo Editorial de EnfoqueDerecho.com, conversó con Miguel Sánchez-Moreno, socio del Estudio Rosselló, acerca de las contingencias a las que esta ley puede dar lugar para el Estado peruano. Comentarios generales MS: Como comentario general, debo precisar que los contratos son leyes entre las partes y existe la obligación de cada una

En la conferencia de prensa de hoy, el presidente Martín Vizcarra anunció que el Estado de Emergencia se extenderá dos semanas más; es decir, culminará domingo 26 de abril. Ello, en atención a los resultados que se han ido obteniendo en los últimos días. Anteriormente, el mandatario había anunciado que el Estado de Emergencia, declarado el pasado 15 de marzo mediante Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, se prorrogará por otros 13 días calendario (hasta el domingo 12 de abril), a fin de controlar la propagación del COVID-19 en el Perú. Cabe precisar que, de acuerdo con el artículo 137 de la Constitución, el estado de excepción decretado por el Presidente, con acuerdo del Consejo de Ministros -ante un peligro inminente o

Proyecto de Ley 05009/2020-CR Titulo: Ley que establece medidas para asegurar la continuidad de los estudiantes de educación superior ante las graves circunstancias que afectan la vida de la nación a consecuencia del COVID-19. Sumilla: Este proyecto de ley se basa en proponer medidas para asegurar la continuidad de los estudiantes de educación superior, ya sea pública o privada, durante el Estado de Emergencia decretado ante la propagación del COVID-19. Dentro de las medidas, se desarrollan las siguientes: el ajuste del valor del crédito académico para instituciones de educación superior y el envío de un reporte con dicho ajuste a INDECOPI, la postergación de pagos, el prorrateo de obligaciones, el retiro de cursos a solicitud del estudiante sin penalidad o costo,

Enfoque Derecho presenta la siguiente infografía sobre los alcances del Decreto Supremo N° 057-2020-PCM, que introduce una nueva restricción a la libertad de tránsito, y el marco jurídico que sanciona la discriminación por identidad de género.

En la presente Consulta Legal, Enfoque Derecho responde a la siguiente pregunta: ¿qué sucede si te detienen durante el Estado de Emergencia o el Toque de queda? Mayor información al respecto lo puedes encontrar en el Boletín N°5 del García Sayán Abogados. Link: https://bit.ly/2X220Ng ¡No te lo pierdas!

El de hoy, mediante conferencia de prensa, el presidente Martín Vizcarra anunció la aprobación de una nueva medida, que permitirá reducir la curva de infectados de coronavirus en el Perú. La mencionada medida, que estará recogida en un nuevo Decreto Supremo, contiene una nueva restricción a la libertad de tránsito. Los lunes, miércoles y viernes solo podrán circular los varones; mientras que los martes, jueves y sábados, las mujeres. El Presidente añadió que los domingos la restricción se aplicará a todo ciudadano, es decir, nadie, a excepción de aquellos autorizados, podrá circular en las calles. Tal medida se suma a otras como la declaración del país en Estado de Emergencia Sanitaria y el toque de queda (que comienza a partir de

DECRETO SUPREMO N° 004-2020-IN Título: Decreto Supremo que crea el Registro Informático de incumplimiento de las medidas dispuestas en el marco del Estado de Emergencia Nacional Sumilla: mediante el presente decreto, se aprobó el Registro Informático de incumplimiento de las medidas dispuestas en el marco del Estado de Emergencia Nacional, donde se registrará la información de los ciudadanos peruanos o extranjeros. La información recopilada será remitida al Ministerio Público para que proceda de acuerdo a sus atribuciones. Por otro lado, los encargados de administrarlo serán las Regiones Policiales del país. Entidad: Ministerio del Interior y Ministerio de Justicia y Derechos Humanos Link: https://busquedas.elperuano.pe/normaslegales/decreto-supremo-que-crea-el-registro-informatico-de-incumpli-decreto-supremo-no-004-2020-in-1865180-4/ DECRETO SUPREMO N° 004-2020-DE Título: Decreto Supremo de Llamamiento Extraordinario de la Reserva Orgánica perteneciente a las últimas clases

1. Proyecto de Ley 04907/2020-CR Título: Ley sobre extinción especial de la pena en poblaciones carcelarias vulnerables para evitar que sufran los efectos del COVID-19 Sumilla: debido a la propagación del COVID-19, el presente proyecto de ley tiene como objeto la extinción anticipada de la pena de los reos primarios que no tengan un nuevo proceso por otro delito, que cuenten con un informe favorable de resocialización emitido por el INPE y que se encuentre dentro de la población vulnerable. Además, la persona interesada debe haber cumplido con al menos dos tercios de su condena bajo cualquier modalidad (efectiva o reducción de pena). Este beneficio no se aplica a los sentenciados por los delitos de terrorismo, narcotráfico, homicidio calificado, robo









