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Conversatorio sobre Responsabilidad Civil: Alfredo Bullard y Renzo Saavedra

Muy pronto estará a la venta THEMIS- Revista de Derecho N° 66, cuyo tema central versará sobre el 30° Aniversario del Código Civil. En este contexto, se organizó el conservatorio sobre Responsabilidad Civil entre Alfredo Bullard, Socio del Estudio Bullard, Falla, Ezcurra +, y Renzo Saavedra, Asociado del Estudio Osterling Abogados.

El suplicio mediático en el siglo XXI

José Pablo Feinmann, en una brillante explicación de la filosofía de Foucault, señala que el poder tiene la facultad de imponer la verdad (la razón). Haciendo referencia a Nietzsche, se destaca su frase: “No hay hechos, hay interpretaciones”. De esta forma, no existe una sola verdad, sino que asumimos dicha verdad por imposición del poder. Esto es logrado a través de la formación de la subjetividad de los individuos.

La familia Chaupe como beneficiaria de las medidas cautelares de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos

El 5 de mayo de 2014, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), mediante Resolución 9/2014, solicitó al Estado peruano adoptar medidas cautelares para garantizar la vida y la integridad personal de 46 líderes y lideresas de las comunidades y rondas campesinas, los integrantes de la familia Chaupe, el rondero Luis Mayta y el comunicador social Cesar Estrada[1]. Ello por los constantes actos de hostigamiento, amenazas y violencia que estaban – y están – recibiendo en el marco de su trabajo con las comunidades y rondas campesinas en la defensa de sus derechos frente a la imposición del inconsulto y no consentido Megaproyecto Minero Conga. La CIDH consideró que la situación de tales líderes y lideresas reunía prima facie los requisitos de gravedad, urgencia e irreparabilidad del art. 25 del Reglamente de la CIDH[2].