Rodrigo Vega

El árbitro marginado

Por Rodrigo Vega, estudiante de la Facultad de Derecho de la PUCP y ex miembro del Consejo Editorial de Enfoque Derecho. El pasado sábado 26 de setiembre se publicaron una serie de modificaciones a la Ley Peruana de Arbitraje con el Decreto Legislativo 1231. Como era de esperarse, se trata de modificaciones que carecen de sustento alguno y acaban entorpeciendo la celebración de un convenio arbitral. Así, tenemos la modificación del artículo 20, a partir de la cual no podrán ser árbitros quienes hayan sido previamente condenados por delito doloso. Antes de ello, únicamente se señalaba que podía ser árbitro cualquier persona natural con el pleno ejercicio de sus derechos siempre que no tenga ninguna incompatibilidad para actuar como tal

¿Toca incrementar el sueldo mínimo?

En los últimos días, se ha comentado mucho la posibilidad de aumentar el sueldo mínimo en nuestro país en dos tramos de s/.75. En efecto, se rumoreó que uno de los temas que el presidente Humala iba a mencionar en su mensaje a la nación era el incremento de la remuneración mínima vital[1], pero que finalmente se dio marcha atrás. No obstante, de acuerdo a ciertas declaraciones de algunos ministros –pese a que algunos han señalado que el momento no es propicio – y del mismo Presidente, el tema aún está en discusión y evaluación. En caso no se llegue a un acuerdo en el Consejo Nacional del Trabajo[2], será el Jefe de Gobierno quien tome la decisión de adoptar o no la medida. En ese sentido, se han alzado numerosas voces discutiendo si realmente es oportuno y viable incrementar el sueldo mínimo dado el contexto actual.

Matrimonio homosexual: ¿una lesión a la democracia estadounidense?

Hace unas semanas, la Corte Suprema de Estados Unidos (EEUU) emitió una sentencia histórica declarando que la prohibición del matrimonio homosexual es inconstitucional. Concuerdo plenamente con el fundamento, pues el derecho a la igualdad está expresamente reconocido en la constitución estadounidense en la enmienda 14, al afirmar esta que los Estados no pueden lesionar el derecho a la libertad ni negar a los ciudadanos la condición de igualdad ante las leyes. Sin embargo, luego de leer un artículo de Alfredo Bullard que comenta el fundamento del voto disidente del juez Antonin Scalia, debo admitir que me llamó la atención dicho fundamento, pues el juez no se ampara en sus convicciones personales para votar en contra del matrimonio homosexual.

La Corte Penal Internacional: algunas insuficiencias y contradicciones

Sin lugar a dudas, la Corte Penal Internacional (CPI) constituye el mayor desarrollo del Derecho Penal Internacional hasta la fecha. En efecto, muchos autores consideran que la polémica situación presentada en los Juicios de Núremberg logró que la comunidad internacional tome conciencia sobre la necesidad de que dicha rama del Derecho evolucione y se adapte a fin de evitar que se repita la problemática con la que tuvo que lidiar el Tribunal Militar de Núremberg, resultando así en la creación de la CPI.