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Juventud: ¿Divino tesoro? – Sobre la preocupante desatención a las causas de la delincuencia juvenil

Por Roger Yon Ruesta, abogado por la PUCP y socio del Estudio Roger Yon & SMB. El Informe del Ministerio de Justicia (INPE) respecto de la estadística penitenciaria del periodo 2014 – 2015 da cuenta que, “La población del sistema penitenciario al mes de febrero de 2015 es de 88,138 personas. De ellos, 72,5922 se encuentran en establecimientos penitenciarios al tener mandato de detención judicial o pena privativa de libertad efectiva, mientras que 15,546 personas asisten a establecimientos de medio libre al haber sido sentenciados a penas limitativas de derechos o liberados con beneficio penitenciario de semi libertad o liberación condicional”. De este marco poblacional penitenciario, “el 34.1% de la población total de internos (rango de 18 a 29 años), se

La consolidación hipotecaria y la ¿confusión? registral

Por Gilberto Mendoza del Maestro, Profesor de Derecho Civil en la PUCP y Doctorando en Derecho. Las instituciones jurídicas se gestan en el tiempo, logrando su autonomía a partir de elementos de diferenciación que son útiles para una sociedad en un determinado momento. Señalar que un contrato es de compraventa perfila una regulación distinta a uno de arrendamiento. Así también, si celebramos una cesión de derechos es distinto a celebrar una cesión de posición contractual. Hemos verificado que en sede registral se vienen inscribiendo cancelaciones de hipoteca utilizando supuestos distintos: se resuelve el contrato de compraventa que estaba garantizado con hipoteca a favor del acreedor, y para el levantamiento de hipoteca se utiliza el supuesto de consolidación. Asimismo, el acreedor

Caducidad de hipoteca, ¿extinción de inscripción o del derecho?

Por Gilberto Mendoza del Maestro, magíster en Derecho Civil y Profesor de Derecho Civil de la Pontificia Universidad Católica del Perú. El artículo 3 de la Ley 26639 señala: Las inscripciones de las hipotecas, de los gravámenes y de las restricciones a las facultades del titular del derecho inscrito y las demandas y sentencias u otras resoluciones que a criterio del juez se refieran a actos o contratos inscribibles, se extinguen a los 10 años de las fechas de las inscripciones, si no fueran renovadas. La norma contenida en el párrafo anterior se aplica, cuando se trata de gravámenes que garantizan créditos, a los 10 años de la fecha de vencimiento del plazo del crédito garantizado. (El subrayado es nuestro). ¿Cuáles

El "esperado" y una respuesta necesaria a una reciente inexacta crítica sobre la aplicación del método de Lagrange

Por Gilberto Mendoza del Maestro, magíster en Derecho Civil y Profesor de Derecho Civil de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Lo mejor que puede tener un texto son las críticas que genera el mismo. Dado que una buena crítica implica conocer lo que se ha leído, analizar los argumentos vertidos y brindar una opinión fundamentada conforme o disconforme sobre lo desarrollado; esta puede ayudar a cambiar o precisar lo escrito, o fortalecerlo. Hace 2 semanas escribí un texto sobre la aplicación de los denominados multiplicadores de Lagrange en un caso en concreto, luego del cual recibí algunas críticas dado que según algunos conocedores del tema era más precisa la aplicación de las condiciones de Karush-Kuhn-Tucker. En dicho caso consideramos que

Invisible a plena vista

Por Julissa Mantilla Falcón, abogada por la PUCP, Docente de la Academia de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario del Washington School of Law de American University. Esta semana la noticia que ocupó todos los medios fue la captura y posterior suicidio de Luis Vásquez Da Silva, el profesor denunciado por las alumnas y alumnos del centro educativo No. 112 de Cajabamba, en Cajamarca, por haber abusado de ellos durante varios años. Según la información periodística, Vásquez había abusado de más de 15 niñas, quienes fueron sometidas a golpes, violaciones sexuales, amenazas y manoseos durante los últimos años. Pero hay un detalle, tan horrendo como simbólico, en esta historia: todos los abusos ocurrieron en el salón de clases, durante el recreo

Expropiando ilusiones y el Decreto Legislativo 1192

Por Mg. Gilberto Mendoza del Maestro. Profesor de Derecho Civil de la Pontificia Universidad Católica del Perú. El artículo 70 de la Constitución señala que la propiedad es inviolable, siendo que solo puede privarse de la misma por causa de seguridad nacional o necesidad pública, declarada por ley, y previo pago en efectivo de indemnización justipreciada que incluya compensación por el eventual perjuicio. La práctica hizo que, un procedimiento que no debiera ser muy complicado conceptualmente,  se volviera largo, injusto e ineficiente. El Estado, teniendo esta herramienta a su favor, no ha sido preciso en su aplicación. Tómese en cuenta el caso de Machu Picchu que, señalándose que forma parte del Estado, fue expropiado por el mismo, con lo cual, queda

La escritura pública imperfecta: calificación registral y el Noveno Pleno Casatorio

Por Gilberto Mendoza del Maestro, magíster en Derecho Civil y Profesor de Derecho Civil de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Estamos próximos a que se discuta un nuevo precedente en el IX Pleno Casatorio Civil, esta vez sobre los casos de escritura pública imperfecta. Lamentablemente el estudio sobre la escritura pública imperfecta ha sido parcelado, toda vez que se estudia desde un ámbito civil, registral y procesal de forma inconexa. En este sentido, vamos a realizar una breve revisión de dicho instrumento en las diferentes áreas en las cuales se desenvuelve: evaluando en un primer momento los alcances del Art. 1412 del Código Civil, luego los problemas existentes en el ámbito judicial, y finalmente verificar qué es lo que

Los "nadies" y el Sistema Interamericano de Derechos Humanos

Por Piero Vásquez, profesor de Derecho en la PUCP, magister en Derechos Humanos y abogado de la CIDH* El Sistema Interamericano de Derechos Humanos enfrenta su más grave crisis institucional en la historia. El incumplimiento de las obligaciones internacionales financieras de los Estados a la CIDH es un boicot político y financiero para impedir que este Órgano siga cumpliendo con su mandato jurídico de promoción y defensa de los Derechos Humanos en las Américas y el Caribe. De concretarse este boicot de algunos gobiernos de la región conllevaría el cierre técnico de facto de la CIDH, la imposibilidad de tramitar más de 4000 denuncias de violaciones a Derechos Humanos y medidas cautelares y la supervisión de la situación geográfica de más