Civil

Alcance y límites de la reapertura de actas

Por Gilberto Mendoza Del Maestro, abogado y docente de Derecho Civil de la PUCP. Se distingue entre la sesión y el acta que resume lo acontecido en aquellas. Entonces las actas son los documentos en los cuales se manifiestan los acuerdos de la asociación y las circunstancias en las que se adoptaron. Formalmente debe consignarse como mínimo: el órgano que sesionó, la fecha y hora de inicio y conclusión de la sesión, el lugar de la sesión, con precisión de la dirección correspondiente, el nombre completo de la persona que presidió la sesión y de la persona que actuó como secretario, los acuerdos con la indicación del número de votos con el que fueron aprobados[1], la firma de quien presidió la

Programas de "compliance" de libre competencia: el modelo a desarrollar ¿sirve para atenuar la responsabilidad?

Por Max Salazar Gallegos, magíster en Derecho Empresarial por la Universidad de Lima, CEO del estudio Salazar Gallegos & Cía Abogados y profesor de Derecho en la PUCP. La Comisión Europea define el Compliance como el respeto a la ley[1]. En el campo de la libre competencia esto significa que las empresas respetan proactivamente las normas respectivas. En reciente entrevista en Semana Económica[2], Ivo Gagluiffi, Presidente de Indecopi, ha señalado que se está evaluando emitir una guía para la implementación de programas de compliance –en adelante simplemente compliance– contra actos de colusión [hard core cartels][3]. En Chile, la Fiscalía Nacional Económica[4], emitió en junio de 2012 la Guía correspondiente, la misma que, vale la pena señalar, fue sometida antes de su

Sucesión intestada en sede registral

Por: Gilberto Mendoza del Maestro, docente de Derecho Civil de la Facultad de Derecho de la PUCP. En el ámbito sucesorio, tenemos regulado en nuestro Código Civil: vel ex testamento y vel ab intestato. A continuación, trataremos el segundo término, que tiene como características ser a título universal, de tipo legal y supletorio, siendo que se abre cuando falta parcial o totalmente el testamento. El Art. 815 del Código Civil regula los diferentes supuestos en los cuales se genera: El causante muere sin dejar testamento; el que otorgó ha sido declarado nulo total o parcialmente; ha caducado por falta de comprobación judicial; o se declara inválida la desheredación. El testamento no contiene institución de heredero, o se ha declarado la

Propiedad predial y desastres naturales: El régimen patrimonial en las zonas de riesgo

Por Carlos Zecenarro Monge, abogado graduado por la Pontificia Universidad Católica del Perú (2007) y Máster en Administración por la University of Wales (Reino Unido, 2011). Ex consultor del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal COFOPRI, y ex asesor de Alta Dirección del Instituto Nacional de Estadística e Informática INEI, actualmente consultor en materia de expropiación y reasentamiento poblacional para ejecución de proyectos de infraestructura, tanto para el sector privado como para entidades públicas. En las recientes semanas el Perú ha concurrido una vez más al espectáculo de destrucción y desolación que cada cierto tiempo azota nuestro país debido a un fenómeno climático de naturaleza cíclica. Documentados están los sucesivos embates que la zona costera de nuestro país ha sufrido

El negocio jurídico testamentario y su acceso al registro

Por Gilberto Mendoza del Maestro, docente de Derecho Civil de la Facultad de Derecho de la PUCP. En nuestro ordenamiento, el testamento es un negocio jurídico, mediante el cual una persona puede disponer de sus bienes, total o parcialmente, para después de su muerte, dejar ordenado su propia sucesión dentro de los límites de la ley y con las formalidades que ésta señala. Las disposiciones testamentarias deben ser expresión directa de la voluntad del testador, pudiendo ser sujetas a modalidad siempre que no vulneren normas imperativas de la ley. Cómo y qué se publicita en el Registro de Testamentos se encuentra regulado en el Art. 8 del Reglamento de Inscripción del Registro de Testamento y Sucesiones Intestadas: a) El otorgamiento

Algunos comentarios sobre el uso de cookies y la Privacidad

Andrea Pulgar, especialista en Nuevas Tecnologías y Protección de Datos Personales, abogada a cargo del Área del mismo nombre en GRAU Abogados. Hoy la mayor parte de la inversión en publicidad se hace en el entorno digital, lo que ha obligado por un lado, a las empresas que desarrollan su actividades a través de internet (casi la mayoría) a cambiar la forma tradicional de hacer publicidad y captar la atención de los consumidores, y por otro lado, a las empresas dedicadas al desarrollo de tecnología a desarrollar productos que se ajusten a las nuevas necesidades de este mercado. Es así que actualmente, una de las formas en que la publicidad en Internet se lleva a cabo es a través de

Efectos del robo de vehículos en sede registral

Por Gilberto Mendoza Del Maestro, abogado y docente de Derecho Civil de la PUCP. Cuando el titular de un vehículo que tiene derecho inscrito sufre la sustracción del mismo por robo, ¿qué efectos y actos deben realizarse en sede registral? ¿Puede transferirse un bien con anotación de robo? Estas y otras preguntas serán abordadas a continuación. Transferencias de Vehículos La regla general de los actos de disposición de bienes muebles en general nos indica que es necesario que exista un negocio jurídico y la tradición del mismo según lo interpretado del Artículo 947 del Código Civil: “La transferencia de propiedad de una cosa mueble determinada se efectúa con la tradición a su acreedor, salvo disposición legal diferente.” Debe tenerse en cuenta

El Contrato Consigo Mismo y el Análisis de Anulabilidad en Sede Registral

Por Gilberto Mendoza Del Maestro, abogado y docente de Derecho Civil de la PUCP. La figura de la representación tiene como fundamento la legitimación de las partes. Cuando la parte sustancial no puede -o no quiere- faculta el traslado a otro sujeto, denominado “parte formal”. Esto implica que cualquier vicio en la legitimación tendrá como consecuencia que los efectos no van a desplegarse, lo cual se puede verificar en el Art. 161 del Código Civil[1]. En estos casos, dichos actos podrán ratificarse según lo dispuesto en el Art. 162 del Código Sustantivo[2]. No obstante lo antes mencionado, se sancionó con anulabilidad los casos de los denominados contratos consigo mismo, que se encuentran regulados en el Art. 166: «Es anulable el acto