Civil

El negocio jurídico testamentario y su acceso al registro

Por Gilberto Mendoza del Maestro, docente de Derecho Civil de la Facultad de Derecho de la PUCP. En nuestro ordenamiento, el testamento es un negocio jurídico, mediante el cual una persona puede disponer de sus bienes, total o parcialmente, para después de su muerte, dejar ordenado su propia sucesión dentro de los límites de la ley y con las formalidades que ésta señala. Las disposiciones testamentarias deben ser expresión directa de la voluntad del testador, pudiendo ser sujetas a modalidad siempre que no vulneren normas imperativas de la ley. Cómo y qué se publicita en el Registro de Testamentos se encuentra regulado en el Art. 8 del Reglamento de Inscripción del Registro de Testamento y Sucesiones Intestadas: a) El otorgamiento

Algunos comentarios sobre el uso de cookies y la Privacidad

Andrea Pulgar, especialista en Nuevas Tecnologías y Protección de Datos Personales, abogada a cargo del Área del mismo nombre en GRAU Abogados. Hoy la mayor parte de la inversión en publicidad se hace en el entorno digital, lo que ha obligado por un lado, a las empresas que desarrollan su actividades a través de internet (casi la mayoría) a cambiar la forma tradicional de hacer publicidad y captar la atención de los consumidores, y por otro lado, a las empresas dedicadas al desarrollo de tecnología a desarrollar productos que se ajusten a las nuevas necesidades de este mercado. Es así que actualmente, una de las formas en que la publicidad en Internet se lleva a cabo es a través de

Efectos del robo de vehículos en sede registral

Por Gilberto Mendoza Del Maestro, abogado y docente de Derecho Civil de la PUCP. Cuando el titular de un vehículo que tiene derecho inscrito sufre la sustracción del mismo por robo, ¿qué efectos y actos deben realizarse en sede registral? ¿Puede transferirse un bien con anotación de robo? Estas y otras preguntas serán abordadas a continuación. Transferencias de Vehículos La regla general de los actos de disposición de bienes muebles en general nos indica que es necesario que exista un negocio jurídico y la tradición del mismo según lo interpretado del Artículo 947 del Código Civil: “La transferencia de propiedad de una cosa mueble determinada se efectúa con la tradición a su acreedor, salvo disposición legal diferente.” Debe tenerse en cuenta

El Contrato Consigo Mismo y el Análisis de Anulabilidad en Sede Registral

Por Gilberto Mendoza Del Maestro, abogado y docente de Derecho Civil de la PUCP. La figura de la representación tiene como fundamento la legitimación de las partes. Cuando la parte sustancial no puede -o no quiere- faculta el traslado a otro sujeto, denominado “parte formal”. Esto implica que cualquier vicio en la legitimación tendrá como consecuencia que los efectos no van a desplegarse, lo cual se puede verificar en el Art. 161 del Código Civil[1]. En estos casos, dichos actos podrán ratificarse según lo dispuesto en el Art. 162 del Código Sustantivo[2]. No obstante lo antes mencionado, se sancionó con anulabilidad los casos de los denominados contratos consigo mismo, que se encuentran regulados en el Art. 166: «Es anulable el acto

El cazador de duendes: ¿cómo funcionan los precios en tiempos de desastre?

Por Gustavo M. Rodríguez García, abogado PUCP, Magíster por la Universidad Austral de Argentina, Summer Scholar por The Coase-Sandor Institute for Law and Economics de la Escuela de Leyes de la Universidad de Chicago y Socio de Rodríguez García consultoría especializada. A nadie le gusta pagar precios más altos. Un precio más elevado, en el mejor de los casos, nos obliga a disponer de más recursos para adquirir algo o a optar por un sustituto más barato. En el peor de los casos, nos condena a no acceder a ese producto y no hay producto más caro que el que no se tiene. No debe extrañarnos que la reacción social frente a los elevados precios suela ser visceral y que

Puentes que discriminan

Por Lucia Varillas, estudiante de Derecho de la PUCP y miembro del Consejo Editorial de Enfoque Derecho. El viernes 3 de marzo los puentes de Lima se llenaron de carteles rosados y azules. Eran tantos que fue imposible que pasen desapercibidos. Desde la vía Expresa hasta la Panamericana Sur, no había puente que no tuviera uno de estos carteles, algunos eran pequeños pero otros ocupaban el puente casi completo, por ambos lados. Estos habían sido puestos por los simpatizantes de la campaña “Con mis Hijos no te Metas” quienes protagonizaron un marcha el día 4 de marzo. Los carteles mostraban frases como las siguientes: “Odebrecht Corrupción Política. Ideología de Género, Perversión Sexual.” “Alerta Padres de Familia. El Gobierno quiere homosexualizar

Entrevista a León Trahtemberg sobre el Derecho a la Educación

Enfoque Derecho entrevistó a León Trahtemberg, Magíster en Educación por la Universidad Hebrea de Jerusalem y miembro del Consejo Nacional de Educación desde el año 2002, tratando distintas aristas sobre el Derecho a la Educación. Enfoque Derecho: El artículo 13º de nuestra Constitución establece que los padres de familia deben participar en el proceso educativo de sus hijos. ¿En qué consiste esta participación? León Trahtemberg: En todos los artículos de la Constitución de 1993 y de la Ley de Educación Nº 28044 del 2003, se observa un claro deslinde entre el rol de la familia (deber de educar, escoger el centro educativo, apoyar, colaborar, participar, informarse, velar por la calidad de este último) y el rol del Estado (organizar, dirigir,

¿Cómo adecuar el Reglamento Interno en el Régimen de Propiedad horizontal?

Por Gilberto Mendoza Del Maestro, abogado y docente de Derecho Civil de la PUCP. En la actualidad aún existen edificaciones que siguen manteniendo el Reglamento interno vigente con la norma anterior DL. 22112. A continuación, se explicará cómo adecuar los reglamentos internos a la nueva Ley. Adecuación de Reglamento Interno Del antiguo Decreto Ley Nº 22112 a la vigente Ley Nº 27157 se dieron diversos cambios, por lo que se requería la adecuación de los Reglamentos Internos a la nueva norma tal cual lo indicaba la Tercera Disposición Final de la Ley Nº 27157:             “Tercera.- De la adecuación de los reglamentos internos. Los reglamentos internos que se encuentren vigentes a la fecha de publicación de la presente Ley se