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Por Javier André Murillo Chávez, abogado por la PUCP y alumno del Máster en Propiedad Intelectual, Industrial y Nuevas Tecnologías de la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma de Madrid (UAM).  Juan Mamani es un estudiante peruano que logró ir...
Por Javier Murillo Chávez, abogado por la PUCP y candidato a Master en Propiedad Intelectual, Industrial y Nuevas Tecnologías por la Universidad Autónoma de Madrid. Entre las innumerables historias que nos cuenta el abuelo Abe Simpson a lo largo de...
Marco Gamarra Galindo, alumno de la Facultad de Derecho de la PUCP y miembro del Consejo Editorial de Enfoque Derecho, entrevista a Antonio Zapata, historiador y catedrático de la PUCP, sobre la historia del derecho al sufragio de la mujer en el Perú, a propósito de que el pasado 7 de septiembre se cumplió un año más desde que se promulgó, en 1955, la Ley 12391, norma que dio carta de ciudadanía a la mujer peruana y le otorgó, por primera vez, el derecho a voto en las elecciones presidenciales. Aunque la medida no reconoció el derecho a todas las mujeres (entiéndase que solo lo reconocía a las mujeres mayores de edad -21 años- y a las casadas mayores de 18 años que supieran leer y escribir), esta medida legislativa constituyó un avance importante para promover la participación de la mujer en la vida democrática del país.
Por: Frank García Ascencios, docente en la Facultad de Derecho de la Universidad de Lima; y magíster en Derecho Empresarial por la misma universidad, en Seguros y Gerencia de Riesgos por la Universidad Pontificia de Salamanca (España), y en...
La educación jurídica[1] en la mayoría de las Universidades peruanas, si es que no en todas, tiene un rasgo particularmente común: forma técnicos legales. Los jóvenes estudiantes de las distintas Facultades de Derecho son adiestrados en la selección de normas y en la aplicación de estas de acuerdo al caso planteado, de manera que estarán preparados para los casos que se les podrían presentar a lo largo de su carrera. En este momento, la Facultad deviene en un laboratorio, en donde se les muestra a los alumnos la fórmula (el trinomio caso-norma-aplicación) que se debe aplicar y luego egresan de estas Facultades creyendo que “saben Derecho” [2]. En este sentido, de acuerdo a esta educación, el egresado aplicará una determinada norma cuando sea pertinente, porque así lo exige la circunstancia. Cuando se trate de otra, evidentemente, aplicará otra norma, o tal vez una sentencia de observancia obligatoria, que en la práctica será como aplicar otra norma más. Y si se cambia la legislación, habrá que acomodarse a la nueva legislación en los casos que prevé. Esto podría darse per secula seculorum. Sin embargo, si de esto se tratara ser abogado, las Facultades de Derecho carecerían de sentido, porque para formarse solo haría falta un instructor que maneje la “técnica” (la elección de la norma a aplicar para el caso concreto) y podríamos obtener “abogados” como si se tratara de una producción industrial.
Seguramente, usted ha escuchado hablar sobre si la ley de la “unión civil no matrimonial” debe ser aprobada o no, para que las personas que no tienen garantizado un derecho puedan tener posibilidades igualitarias; como también debe haber escuchado sobre la nueva ley universitaria que se propone mejorar la calidad de los centros de estudios aplicando una serie de medidas. ¿No se ha puesto a pensar si estas dos leyes tienen algo en común? La Historia del Derecho tiene la respuesta: sí, tienen mucho en común, porque estas dos leyes se enmarcan dentro de una larga tradición que ha existido en nuestro país. ¿Cuál es?

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