Público

Violencia de género y los derechos sexuales y reproductivos: Nuevas formas de entender los derechos humanos

Por Julissa Mantilla Falcón, abogada por la PUCP y docente de la Maestría de Derechos Humanos de la PUCP. Usualmente, al iniciar mis clases o alguna conferencia les pido a los participantes que mencionen algún ejemplo de violación al derecho a la vida que suceda en sus países. Por lo general, los ejemplos se repiten: ejecución arbitraria, desaparición forzada, masacres. Sin embargo, nunca se menciona el caso de la mortalidad materna, no obstante que las cifras en América Latina demuestran la generalidad y gravedad de estos casos. Algo está pasando, por tanto, cuando al momento de hablar de derechos humanos, los derechos de las mujeres no aparecen de inmediato. Lamentablemente, el estudio de los derechos humanos se sigue desarrollando desde

Que mi única opción no sea rezar

A inicios de la presente semana, el Congreso de la República archivó un proyecto de ley que tenía como objeto despenalizar la práctica del aborto en casos en donde el embarazo haya sido producto de una violación. Que se haya propuesto esta medida no debería sorprender a nadie: según un reporte de Infos, el Perú es el país con más denuncias por violación sexual de la región, con una tasa de 22.4% por cada 100,000 habitantes. Asimismo, sigue sin ser novedad el hecho de que, según la organización Flora Tristán, el aborto incompleto sea la tercera causa de muerte materna en nuestro país. Es decir, actualmente en nuestro país, las mujeres no solo tienen altas probabilidades de ser violadas, sino de morir en el caso que decidan practicar un aborto clandestino ante el embarazo producto de la violación.

¿Mejorando la protección a los derechos de las madres trabajadoras?: Promulgación de la Ley No. 30367

La presente publicación busca analizar algunos de los aspectos que merecen ser observados a partir de la dación de la Ley No. 30367, Ley que amplía el descanso por maternidad y protege a la madre trabajadora contra el despido arbitrario y, de esta manera, poner sobre la mesa algunas interrogantes que no solo merecen respuestas sino también acciones efectivas a la brevedad.

Editorial: Recuperemos el CNM

En julio de este año, Perú 21 difundió un audio que ponía a Alfredo Quispe Pariona, electo representante del Colegio Profesional de Psicólogos ante el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM), bajo sospecha. En este, Quispe señalaba que los presuntos actos de colusión que habría realizado con el rector de la Universidad Inca Garcilaso de la Vega en beneficio de determinados estudiantes eran ““inmoral(es), pero no (es) delito”. Ante esta situación, y mientras el audio era sometido a peritaje, se decidió suspender al funcionario. No obstante, esta semana la situación llegó a un estado crítico. A pesar de la gravedad de lo hechos, el CNM decidió la reincorporación de Quispe a su cargo, por cinco votos a favor y uno

Autonomía Universitaria

La Constitución ha consagrado la autonomía universitaria como una garantía del auto-gobierno de las universidades, frente a las intromisiones del poder político de turno, para que puedan desarrollar con libertad de cátedra su quehacer en la formación académica y profesional.

¡It’s a Match! Tinder, las relaciones de consumo y la asimetría informativa

Por César Ordinola G., Director Ejecutivo de Perú Consume. Preámbulo: Citas a ciegas ayer y hoy Hace algunas décadas, las citas a ciegas podían ser realmente una tortura. Cuando dos personas decidían salir sin conocer nada la una de la otra, las posibilidades de éxito y fracaso se encontraban equiparadas. Desconocer el aspecto físico, los gustos en común, los modales y hasta la forma de hablar, podían hacer de este tipo de encuentros una experiencia tan incierta que generaba los incentivos suficientes para descartarla como una opción válida para relacionarse emocionalmente. Con el paso del tiempo, la aparición de la Internet cambió radicalmente el modo en el que las personas nos conectamos, incluso a nivel sentimental. Desde sus inicios, los primeros chats

El caso Marbury versus Madison (1803)

Por Juan Manuel Sosa, Asesor Jurisdiccional del Tribunal Constitucional. El caso Marbury vs. Madison, no cabe duda, constituye uno de los principales hitos (e íconos) del constitucionalismo. Ello está plenamente justificado, pues es la primera ocasión en la que, de manera clara, una corte de vértice, afirmando la supremacía de la Constitución frente a la ley, determina la inaplicación de esta última por ser inconstitucional. Ahora bien, contra lo que podría pensarse desde la perspectiva actual –es decir, desde el “constitucionalismo de los derechos”– no se trata de un caso en el que una norma legal fue inaplicada por ser lesiva de derechos constitucionales. En Marbury vs. Madison se resolvió más bien un writ of mandamus, es decir, algo equivalente a

Cuando la teoría falla: el Ejecutivo es el principal emisor de normas legales (de seguridad ciudadana)

Por César Bazán Seminario, coordinador del área de Seguridad Ciudadana del Instituto de Defensa Legal (IDL). Antes que el Perú fuera una república, Charles Louis de Scondat, Señor de la Brède y Barón de Montesquieu escribió en la Europa del siglo XVIII el Espíritu de las Leyes, trabajo en el cual postuló la teoría de la separación de poderes. Uno de los puntos de esa teoría atribuye al Parlamento la labor de legislar, es decir, dictar las leyes que regirán la vida de las personas en una democracia. Hoy, en el año 2015 debemos decir con certeza que, al menos en seguridad ciudadana durante el gobierno de Ollanta Humala, la teoría falló. ¿Quién legisla en seguridad ciudadana? Durante el quinquenio