Reales

Un Fideicomiso Comunitario de Tierra para Lima

Por José Carlos Fernández Salas, abogado por la PUCP, master in Urban Planning por Harvard University. Muchas veces se ha dicho que la distinción entre bienes muebles y bienes inmuebles es hoy en día superflua. Tal vez eso es lo que da a entender la imprecisa división de estos dos tipos de bienes en los listados del Código Civil[1]. Sin embargo, eso no debe hacernos perder de vista que en su funcionamiento ambos tipos de bienes sí tienen una lógica completamente distinta. Comparemos el valor de un auto y el valor de un predio, quizás los ejemplos más típicos de esta clasificación de bienes. El primero de ellos aumenta o disminuye en su valor en función a sus características intrínsecas.

El régimen de notificación en el cierre de partidas registrales: ¿Aplicación de la LPAG o del Reglamento General de los Registros Públicos??

Mg. Gilberto Mendoza del Maestro. Profesor ordinario de la facultad de Derecho de la PUCP. Coordinador del Observatorio Inmobiliario Mercantil. Miembro del Grupo de Investigación de la Universidad Carlos III de Madrid – DERINRE. Brenda Clemente Inga. Alumna de la Facultad de Derecho de la PUCP, asociada del Círculo de Derecho Administrativo (CDA). El régimen de cierre de partidas es un procedimiento especial regulado en el Reglamento General de los Registros Públicos, toda vez que la inscripción sobre un mismo predio no puede reflejarse en 2 partidas distintas que contengan derechos que sean incompatibles, por lo que se han dado una serie de reglas como la prevalencia en el registro de aquella partida que sea la más antigua. Un registro

¿Y si las soluciones van en orden? A propósito de los Proyectos de Ley para la ampliación de plazo de regularización de la propiedad informal

Por Rubén Quevedo, asociado del área Inmobiliaria de Rubio Leguía Normand. La pandemia ha expuesto las distintas falencias que el Gobierno debe resolver en el corto o mediano plazo en provecho de la población en general. Si bien, desde antes eran conocidas las deficiencias en el sistema de salud, empleo y educación; el nivel de informalidad en el Perú es extremo, y de esa realidad no se escapa la vivienda y la dotación de servicios básicos. En ese contexto, con fecha 14 de septiembre del 2020, el Pleno del Congreso aprobó el Dictamen de la Comisión de Vivienda que compendiaba los 10 (diez) Proyectos de Ley que postulan, en resumen, la modificación de artículos de la Ley 28687 “Ley de Desarrollo