Por Enfoque Derecho
- INTRODUCCIÓN:
La inseguridad que vivimos hoy en Perú ha llegado a niveles críticos. Es así que, frente a esta alarmante realidad, el Congreso ha impulsado un polémico proyecto de ley que, de aprobarse, promete cambiar radicalmente el rumbo de nuestro sistema de justicia. Con esta medida, se busca enfrentar la creciente criminalidad y restaurar la seguridad en el país, aunque, lo que se discute son las implicaciones que podría generar la iniciativa legislativa en el equilibrio de poderes y la independencia judicial.
Este dictamen ha sido impulsado por las bancadas de Renovación Popular y Avanza País, y ha sido defendido por congresistas como Alejandro Muñante, quien ha señalado que esta ley busca sancionar a los “jueces y fiscales corruptos”[1] que, amparándose en su autonomía judicial, permiten la liberación de delincuentes.
En este sentido, con 83 votos a favor, 20 en contra y dos abstenciones[2], el Pleno del Congreso ha aprobado en primera votación el texto sustitutorio recaído en los proyectos de ley 8507/2024-CR y 8959/2024-CR. Esta propuesta legislativa plantea modificar la Ley de Carrera Fiscal, la Ley de Carrera Judicial, el Nuevo Código Procesal Penal y el Código Penal, sancionando a jueces y fiscales que, según el Congreso, «liberen» a delincuentes detenidos en flagrancia.
Por un lado, el proyecto de ley considera una falta muy grave cuando un fiscal no presenta la solicitud de prisión preventiva contra detenidos en flagrancia por delitos graves, o cuando, en su actuación, omite pruebas intencionalmente que permitan rechazar la prisión. Por otro lado, en el caso de los jueces, el texto señala que será considerado un acto de prevaricato si estos, incumpliendo sus deberes funcionales, ordenan la libertad de personas detenidas en flagrancia, lo cual conllevaría penas de prisión de entre ocho y doce años.
Aunque el proyecto de ley aún debe ser sometido a una segunda votación antes de enviarse al Ejecutivo, la reacción ha sido intensa. Incluso, Sigrid Bazán, congresista de la bancada Cambio Democrático-Juntos por el Perú[3], y el presidente de la Primera Sala Constitucional de Lima, Oswaldo Ordóñez, han manifestado su preocupación por el impacto de esta ley en la independencia judicial y han instado al Ejecutivo a revisar su constitucionalidad antes de su promulgación.
No obstante, el proyecto no obtuvo el respaldo suficiente en la segunda votación realizada el 31 de octubre, donde fue archivado con 60 votos a favor, 19 en contra y una abstención. Esta decisión se debió a que la propuesta, al modificar leyes de naturaleza orgánica, requería al menos 67 votos favorables para su aprobación definitiva[4]. A pesar de su archivo, es esencial analizar el trasfondo y las consecuencias de esta iniciativa, pues representa una preocupación latente en el Congreso respecto a la gestión de los jueces y fiscales en la lucha contra la delincuencia.
Por tanto, es precisamente que ante la creciente preocupación por la inseguridad ciudadana, esta iniciativa pretendía responder a la ola de criminalidad que afecta al país, castigando decisiones judiciales percibidas como permisivas. No obstante, esta propuesta suscita un debate crucial en torno a un pilar esencial del Estado de derecho: la independencia y autonomía judicial.
2. MARCO CONCEPTUAL:
Para evaluar el impacto de este proyecto, es necesario entender qué es la autonomía judicial y por qué es crucial en una democracia. En base a lo establecido en el artículo 139 de la Constitución Política del Perú, en un Estado de Derecho, la autonomía de los jueces y fiscales garantiza que estos puedan tomar decisiones sin la interferencia de otros poderes del Estado. De esa forma, se establece la independencia del Poder Judicial como principio fundamental, garantizando la imparcialidad en la administración de justicia. De tal forma, la separación de poderes, la cual es un pilar fundamental en cualquier democracia, se ve comprometida cuando el legislativo busca restringir decisiones jurisdiccionales mediante sanciones penales.
Asimismo, conviene subrayar que, la autonomía judicial no significa impunidad; puesto que los jueces y fiscales están sujetos a mecanismos de control, pero estos deben provenir de instituciones judiciales y ser aplicados de acuerdo con criterios específicos y bajo procedimientos disciplinarios bien establecidos. De ahí que, la penalización de decisiones judiciales por el Congreso, basándose en una interpretación política de la justicia, constituye una amenaza a la imparcialidad de quienes administran justicia y resulta inconstitucional.
3. POSTURA:
Si bien el Congreso demuestra con esta propuesta una legítima preocupación por una administración de justicia rigurosa y comprometida con la seguridad, resulta imprescindible realizar una evaluación exhaustiva de sus posibles efectos adversos. Es así que, implementar una medida de este tipo podría desencadenar consecuencias negativas, tanto en el plano organizacional como en el ámbito social.
Bajo esa línea, en el presente editorial, Enfoque Derecho examina a la mencionada propuesta legislativa que buscaba sancionar a jueces y fiscales que dispongan la liberación de delincuentes detenidos en flagrancia, como una estrategia para reducir la criminalidad y fortalecer la seguridad ciudadana. En ese sentido, a pesar de que la medida fue rechazada en segunda votación, es menester realizar un análisis crítico de la misma, debido a sus profundas implicancias para el sistema judicial de nuestro país.
Como ya se ha mencionado previamente, la autonomía judicial es un pilar esencial del Estado de derecho, garantizando que jueces y fiscales actúen con imparcialidad y objetividad, y basen sus decisiones exclusivamente en los hechos de cada caso. Esta independencia asegura que quienes administran justicia lo hagan sin presiones ni interferencias políticas, manteniendo así la confianza pública en el sistema judicial. No obstante, la reciente iniciativa legislativa que le otorga al Congreso la facultad de sancionar decisiones específicas del Poder Judicial plantea un riesgo significativo para esta autonomía; pues, al introducir un entorno de presión sobre las autoridades judiciales, estas podrían verse obligadas a tomar decisiones con el fin de evitar sanciones, en lugar de centrarse en una administración imparcial de justicia.
Lo propuesto no solo amenaza la independencia judicial, sino que también fomenta el riesgo de decisiones populistas que prioricen la opinión pública por encima de los derechos y garantías individuales. Así, en un contexto en el que cualquier fallo desfavorable podría ser etiquetado como «permisivo» frente al crimen, jueces y fiscales podrían optar por posturas más severas, sin tomar en cuenta un análisis detallado para cada caso en específico.
Además, la propuesta de penalizar a jueces y fiscales por decisiones tomadas en el ejercicio de sus funciones es inconstitucional, en tanto contradice el artículo 139 de la Constitución, el cual consagra la independencia judicial como un principio fundamental e inalienable. Este artículo de la Constitución protege la autonomía de los jueces, afirmando que deben actuar libres de toda presión externa y basándose únicamente en lo tipificado por la norma. En ese sentido, esta norma se encarga de defender la separación de poderes, la cual es un elemento esencial de toda democracia, debido a que permite que cada poder del Estado ejerza sus funciones sin interferencia de los otros, manteniendo un sistema de pesos y contrapesos que resguarda los derechos de la población.
La penalización de decisiones judiciales desde el ámbito legislativo representa, por tanto, una intromisión política en el sistema judicial y vulnera el artículo 139, al comprometer la imparcialidad de quienes se encargan de administrar la justicia. Si bien el objetivo es combatir la delincuencia, el mecanismo propuesto compromete la independencia judicial, altera el equilibrio de poderes y amenaza los derechos y garantías individuales, debilitando así el Estado de Derecho.
Asimismo, se debe tener en consideración que esta medida abre la puerta a una intervención inadecuada del Poder Legislativo en asuntos judiciales, poniendo en riesgo la separación de poderes y comprometiendo los fundamentos del Estado de derecho. La labor independiente de los jueces y fiscales no equivale a su impunidad, pues el propio sistema judicial dispone de mecanismos de control para sancionar posibles irregularidades. Sin embargo, al establecer sanciones penales desde el Congreso, la propuesta ignora estos mecanismos institucionales y socava la imparcialidad en la administración de justicia.
Por último, la iniciativa genera un ambiente de temor que, inevitablemente, podría influir en las decisiones judiciales. La amenaza de sanciones podría llevar a jueces y fiscales a tomar decisiones más severas y populares en lugar de aplicar la ley de forma equilibrada y objetiva. Esto significa que, aun cuando una decisión justa implique una medida menos punitiva, el temor a represalias podría provocar una actuación excesivamente rigurosa, desatendiendo las garantías del procesado. Es así que, en casos de flagrancia, la presión por imponer prisión preventiva o condenas severas puede conllevar la vulneración de derechos fundamentales, tales como la presunción de inocencia y el derecho a un juicio justo.
En un sistema jurídico funcional, en caso de que sea necesaria la revisión de fallos judiciales, el procedimiento idóneo para ello es la apelación, no el temor por la imposición de sanciones penales. La imposición de un control inconstitucional convierte la autonomía judicial en un elemento “negociable”, lo que debilita su capacidad para impartir justicia libre de influencias externas. Por todo ello, la aprobación de esta normativa sin un análisis profundo y sin adecuados mecanismos de control podría desencadenar serios problemas para los operadores de justicia y para la ciudadanía en general.
4. CONCLUSIÓN
A modo de corolario, el proyecto de ley discutido a lo largo de esta editorial destaca el desafío de enfrentar la criminalidad sin comprometer los principios fundamentales de la justicia. La autonomía judicial no solo es un pilar de la democracia, sino también una garantía de imparcialidad y equidad en la aplicación de la ley. Aunque la seguridad pública es un objetivo legítimo, cualquier iniciativa legislativa debe evitar vulnerar derechos fundamentales, garantías procesales y condicionar la labor de jueces y fiscales.
En un Estado de Derecho, el equilibrio entre seguridad y justicia no puede sacrificarse por una aparente eficiencia. La lucha contra el crimen debe abordarse de manera integral, con respeto a la independencia judicial y promoviendo una justicia sólida que responda a las necesidades sociales sin afectar los valores democráticos. Por lo tanto, el Congreso y las instituciones judiciales deberían adoptar un enfoque menos punitivo y más integral en la búsqueda de soluciones.
Editorial escrita por Marialitz Fasshauer y Daniela Mondragón
Referencias bibliográficas:
[1]https://rpp.pe/politica/congreso/congreso-aprueba-proyecto-de-ley-para-sancionar-a-jueces-y-fiscales-que-liberen-a-delincuentes-noticia-1590886?ref=rpp
[2]https://lpderecho.pe/congreso-ley-sanciona-jueces-fiscales-liberar-delincuentes-capturados-en-flagrancia/
[3]https://gestion.pe/peru/politica/congreso-aprueban-proyecto-que-plantea-sancionar-a-jueces-y-fiscales-que-liberen-a-delincuentes-poder-judicial-fiscalia-noticia/?ref=gesr
[4]https://comunicaciones.congreso.gob.pe/noticias/pleno-archiva-en-segunda-votacion-dictamen-que-planteaba-modificar-leyes-de-administracion-de-justicia/