Por Nicolás Valverde,

asociado del área tributaria del estudio Miranda & Amado

Como recordarán, el 19 de marzo de 2022 se promulgó el Decreto Legislativo No. 1535 («DL1535»), que introdujo un nuevo sistema para evaluar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, aduaneras y no tributarias frente a la SUNAT.

Este sistema, conocido como «Perfil de Cumplimiento», busca fomentar el cumplimiento voluntario de dichas obligaciones por parte de los contribuyentes y optimizar la fiscalización sobre estas, por parte de la SUNAT. Para ello, los contribuyentes son evaluados y categorizados en función a diversas variables en búsqueda de medir su nivel de cumplimiento, lo que puede traducirse en beneficios o restricciones.

No obstante, a pesar de los ambiciosos objetivos de esta normativa, su aplicación ha suscitado críticas. Esto se hizo más evidente hace unas semanas, cuando la SUNAT publicó, en una especie de “marcha blanca”, el perfil de cumplimiento de los contribuyentes generadores de renta de tercera categoría.

En este contexto, surge la pregunta de si este sistema realmente facilita un cumplimiento más eficiente o podría convertirse en un obstáculo para ciertos contribuyentes. A continuación, analizaremos algunos de los problemas de este nuevo sistema y las posibles mejoras que la SUNAT debería considerar implementar para que sea más equitativo, a favor de los contribuyentes.

  1. Contexto y justificación de la norma

En noviembre de 2021, a través de la Ley No. 31380, el Congreso de la República otorgó facultades legislativas al Poder Ejecutivo para legislar en materia tributaria, fiscal y económica. Entre estas facultades, se incluyó la posibilidad de crear un perfil de cumplimiento para cada contribuyente, ajustando tanto el Código Tributario como otras normativas relacionadas.

De esta manera, se promulgó el DL1535, cuyo objetivo es regular la calificación de los sujetos obligados a cumplir con las obligaciones ante SUNAT, de acuerdo con un perfil de cumplimiento. Esta norma busca dotar a la SUNAT de una herramienta que le permita identificar de manera más precisa el comportamiento de los contribuyentes, evaluando factores como el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, la existencia de indicios de delitos tributarios, o la relación entre empresas y sus representantes.

Así, los contribuyentes que acrediten un cumplimiento adecuado de sus obligaciones podrán acceder a determinados beneficios, mientras que aquellos que presenten incumplimientos de forma regular estarán sujetos a restricciones o un mayor control por parte de la administración tributaria.

Aunque esta medida parece, en principio, una herramienta adecuada, la manera en que se ha venido aplicando durante la reciente «marcha blanca» y los posibles efectos adversos en ciertos tipos de contribuyentes han generado cuestionamientos sobre si el decreto, en su aplicación actual, realmente logra incentivar el cumplimiento de las obligaciones frente a SUNAT.

  1. Críticas a la aplicación del Perfil de Cumplimiento

Si bien el DL1535 introduce un sistema innovador para evaluar el cumplimiento tributario y reemplazar la antigua clasificación de «Buenos Contribuyentes», la reciente implementación piloto de esta nueva clasificación ha suscitado algunas críticas. En particular, se han planteado dudas sobre su equidad, proporcionalidad y el impacto que puede tener en diferentes tipos de contribuyentes.

Estas preocupaciones están vinculadas principalmente a cómo este sistema podría generar una carga adicional para ciertos contribuyentes y si realmente está diseñado para tratar a todos los contribuyentes de la misma forma, considerando sus particularidades y capacidades de cumplimiento.

Complejidad en la asignación del perfil:

Una de las principales críticas al DL1535 se centra en la complejidad de la metodología utilizada para asignar el perfil de cumplimiento. Si bien el Decreto establece que esta clasificación se basa en variables como el cumplimiento de obligaciones tributarias y la posible existencia de indicios de delitos o sanciones, va mucho más allá al incluir una metodología de ponderación que toma en cuenta múltiples factores. Inclusive, en el reglamento del DL1535 se especifican un total de 438 variables, lo que podría dificultar que el contribuyente común entienda cómo fue asignada su clasificación.

Dicha complejidad puede generar que la SUNAT mantenga un control estricto sobre la asignación de los perfiles, lo cual podría dar lugar a una percepción por parte de los contribuyentes de falta de transparencia en el proceso. Además, una vez que se asigna el perfil, los contribuyentes no tienen acceso a una explicación clara y detallada sobre las razones detrás de su clasificación, ni sobre las acciones que podrían tomar para mejorarla o corregir errores. Esto crea un ambiente de incertidumbre e “indefensión” frente al mismo, especialmente para los pequeños contribuyentes o aquellos menos familiarizados con la normativa tributaria, quienes podrían sentirse desprotegidos ante un sistema que no es lo suficientemente claro o accesible.

Cabe señalar que, si bien la norma permite la impugnación de las resoluciones que asignan el perfil de cumplimiento, este procedimiento puede convertirse en una carga adicional para los contribuyentes, ya que implica enfrentarse a un sistema basado en criterios complejos y un número elevado de variables. El riesgo de recibir una clasificación desfavorable y las posibles consecuencias, como la pérdida de beneficios tributarios o un incremento en los niveles de fiscalización, obligará a los contribuyentes a destinar tiempo y recursos a procedimientos de impugnación que pueden prolongarse considerablemente.

En resumen, aunque el DL1535 tiene como objetivo promover el cumplimiento tributario, sería recomendable introducir mejoras en términos de transparencia y accesibilidad, para evitar que el contribuyente promedio se vea afectado por un sistema que, actualmente, resulta difícil de comprender.

Pocas facilidades, más restricciones:

Si bien uno pensaría que la búsqueda de asignar distintas calificaciones a los contribuyentes tendría la intención de castigar a los que cuenten con una peor calificación, creemos que de igual forma la normativa debería premiar y otorgar beneficios a los contribuyentes con mejor perfil de cumplimiento. Lamentablemente, por el momento no es así.

Hasta ahora, dentro de la clasificación realizada por la SUNAT se han publicado ocho efectos, de los cuales solo uno beneficia a los contribuyentes con mejor calificación (Nivel A), permitiéndoles cancelar tributos vinculados a la importación utilizando los montos de sus cuentas de detracciones.

Los otros siete efectos están relacionados con restricciones aplicables a los niveles de cumplimiento D y E. Estas restricciones incluyen plazos más largos para que surtan efecto las declaraciones rectificatorias, la obligación de usar medios de pago por montos menores (S/600), mayor tiempo para que la SUNAT responda a solicitudes de devolución del IGV, etc.

Así, si bien el perfil de cumplimiento pretende identificar y sancionar a aquellos contribuyentes que incumplen de manera sistemática, hace falta un mayor número de incentivos para quienes sí cumplen con sus obligaciones de manera adecuada.

Por ejemplo, se podrían establecer facilidades en las solicitudes de devolución, agilizando los plazos y reduciendo la documentación requerida para aquellos contribuyentes que ostenten los niveles más altos de cumplimiento. Asimismo, podrían aplicarse incentivos en los procesos de fraccionamiento y aplazamiento, con condiciones más flexibles para aquellos que han mantenido un comportamiento fiscal adecuado. Otros incentivos podrían incluir la aplicación de regímenes de gradualidad específicos para los contribuyentes de niveles A y B, así como la aplicación de la facultad discrecional de imponer sanciones solo para ese tipo de contribuyentes.

Estos incentivos no solo ayudarían a los contribuyentes a percibir un beneficio claro por cumplir con sus obligaciones, sino que también impulsarían una relación de cooperación con la SUNAT. Así, el perfil de cumplimiento no se vería únicamente como un sistema de control y sanción, sino como una herramienta que también premia y facilita las operaciones de los contribuyentes con mejor perfil.

Mismas variables, distintos tipos de contribuyente:

Finalmente, al entrar en detalle sobre las variables sujetas a ponderación que conllevan a la clasificación de los contribuyentes a los diferentes niveles, se puede apreciar que entre ellas se encuentran las relacionadas con infracciones tipificadas en el Código Tributario. Asimismo, otra variable a considerar es haber incurrido en infracciones muy graves contempladas en la Ley General de Aduanas.

Si bien estas variables son comprensibles al ser infracciones graves, el sistema no toma en cuenta que este tipo de infracciones podrían afectar de manera desproporcionada a ciertos contribuyentes. Así, por ejemplo, un contribuyente con un mayor volumen de operaciones, por el tipo de actividad comercial que realiza, podría estar más expuesto a cometer infracciones de forma más frecuente en comparación con otro contribuyente que realiza pocas operaciones, bajo la misma actividad. La normativa, tal como está actualmente, no contempla una diferenciación clara entre estos casos, lo que podría ocasionar que ambos contribuyentes reciban una calificación de cumplimiento similar o incluso peor para aquel que realiza más operaciones, aunque las infracciones cometidas sean de igual gravedad.

Así, no se está tomando en cuenta que los grandes contribuyentes, debido a la complejidad y cantidad de sus operaciones, tienen una mayor probabilidad de incurrir en infracciones que, no necesariamente reflejan un comportamiento de mal contribuyente. Al aplicar el mismo peso a las infracciones cometidas por contribuyentes de diferentes dimensiones o sectores, la normativa genera un desequilibrio que puede llevar a clasificaciones de perfil de cumplimiento desproporcionadas.

Una forma de solucionar esta situación sería que se realicen las modificaciones necesarias a la normativa actual y se introdujera mecanismos de diferenciación entre los contribuyentes, ya sea en función del volumen de operaciones, el sector en el que operan o, incluso, la naturaleza de las infracciones que cometen.

En este sentido, se podría ponderar de manera distinta las infracciones otorgando mayor flexibilidad o tolerancia a aquellos que operan en sectores más propensos a cometer ciertos tipos de errores administrativos. No es lo mismo evaluar a una empresa que constantemente realiza actividades de comercio exterior, que una que no realiza ese tipo de actividades. Realizar esta diferenciación en la ponderación de las variables permitiría una clasificación más justa, basada en la realidad de cada contribuyente, evitando que sean calificadas de forma negativa pese a que, en la práctica, no representan un riesgo significativo para la SUNAT.

  1. Conclusión:

El DL1535 introduce un sistema innovador para clasificar a los contribuyentes según su nivel de cumplimiento tributario, aduanero y no tributario. Sin embargo, a pesar de sus buenas intenciones, su implementación conlleva varios desafíos que deben tener en consideración para garantizar un sistema justo y eficiente.

La complejidad en la asignación de los perfiles, la falta de incentivos para los contribuyentes con buen perfil, y la aplicación de las mismas variables a contribuyentes de diferentes tamaños y sectores, generan la necesidad de seguir perfeccionando este nuevo sistema.

De esta manera, para que este sistema funcione de forma adecuada, es fundamental que se introduzcan mecanismos que mejoren la claridad en el proceso de asignación de perfiles y que se implementen reales beneficios para aquellos contribuyentes con un buen historial. Además, la normativa debe buscar diferenciar mejor entre los distintos tipos de contribuyentes, tomando en cuenta el volumen de operaciones, el sector económico y la naturaleza de las infracciones cometidas. Esto garantizaría que los perfiles de cumplimiento reflejen de manera precisa el riesgo real de cada contribuyente.

Definitivamente el perfil de cumplimiento tiene el potencial de fortalecer la forma en que la SUNAT se relaciona con cada tipo de contribuyente; sin embargo, para lograrlo de manera efectiva, SUNAT debe considerar ajustes que permitan un balance más adecuado, así como una mayor proporcionalidad en la evaluación de los contribuyentes.